Ejecución de títulos judiciales 44/2014.

SecciónAdministración de Justicia
EmisorDe lo Social numero Seis de Murcia

N.I.G.: 30030 44 4 2013 0001893

Ejecución de títulos judiciales 44/2014

Procedimiento Origen: Despido/ceses en general 234/2013

Sobre Despido

Ejecutante: Carmen Martínez García

Abogado: José Torregrosa Carreño

Ejecutados: Fondo de Garantía Salarial, Cash Super Molina, S.L.

Don Fernando Cabadas Arquero, Secretario Judicial del Servicio Común de Ejecución Social y Contenciosa, Juzgado de lo Social número Seis de Murcia.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 44/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de doña Carmen Martínez García contra Fondo de Garantía Salarial y Cash Súper Molina, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución para notificar y citar a Cash Súper Molina, S.L.:

Auto

Magistrado-Juez, María Teresa Clavo García.

En Murcia, 17 de marzo de 2014.

Antecedentes de hecho

Primero.- Carmen Martínez García ha solicitado la ejecución de la sentencia dictada este Juzgado en los autos 234/13, frente a Cash Súper Molina, S.L.

Parte dispositiva

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante Carmen Martínez García frente a Cash Súper Molina, S.L., parte ejecutada.

A tales efectos cítese a las partes a la comparecencia para la celebración del incidente sobre no readmisión que tendrá lugar el próximo día 29-4-14 a las 9,15 horas de su mañana en la Sala de Audiencias de este juzgado con todos los apercibimientos legales para el caso de incomparecencia.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax...

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