Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se publica el acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Murciano de Salud por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento de la Comisión Regional de Farmacia y Terapéutica.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorServicio Murciano de Salud
Rango de LeyResolución

La Ley 29/2006, de 26 de julio de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios, indica en su artículo 75.2, que las Administraciones públicas sanitarias dirigirán sus actuaciones a instrumentar un sistema ágil, eficaz e independiente que asegure a los profesionales sanitarios información científica, actualizada y objetiva de los medicamentos y productos sanitarios y dirigirán sus actuaciones a impulsar la constitución de centros propios de información de medicamentos y productos sanitarios, mediante la promoción y coordinación en la utilización de recursos y tecnologías de la información que permitan a las instituciones sanitarias profesionales y otras entidades acceder a la información de dichos productos. La mencionada Ley 29/2006 indica en su artículo 82.2 c), que una de las funciones de los Servicios de Farmacia Hospitalaria es formar parte de las comisiones hospitalarias en que puedan ser útiles sus conocimientos para la selección y evaluación científica de los medicamentos y de su empleo.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, atribuye a la Comunidad la competencia de ejecución en productos farmacéuticos.

Al amparo de todo ello, por Orden de 26 de julio de 2012 de la Consejería de Sanidad y Política Social se creó y estableció la composición, organización y funcionamiento del Comité Regional de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y de la Comisión Regional de Farmacia y Terapéutica, como órganos colegiados adscritos a la Consejería competente en materia de sanidad.

Con la creación de la Comisión Regional de Farmacia y Terapéutica se pretende coordinar en el ámbito de la Región de Murcia la correcta utilización de los medicamentos, una mejor gestión del conocimiento y mayores niveles de transparencia en la toma de decisiones, teniendo como objetivos principales la fijación de directrices, criterios, condiciones e indicaciones específicos en materia de medicamentos, para su mejor utilización en cuanto a la calidad, seguridad y eficiencia de su empleo y en la equidad de acceso a los mismos, así como, establecer en este ámbito estrategias de mejora en la gestión eficiente de los recursos farmacéuticos y conseguir mayores niveles de transparencia en la toma de decisiones.

Una vez creada la Comisión Regional de Farmacia y Terapéutica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 de la Orden de 26 de julio de 2012 citada, se hace preciso elaborar el Reglamento de Funcionamiento interno que recoja las normas de régimen interno.

La Comisión Regional de Farmacia y Terapéutica, en su reunión extraordinaria de 28 de febrero de 2014, aprobó su Reglamento de Funcionamiento en los términos que se adjuntan en el Anexo y acordó remitirlo a la Gerencia del Servicio Murciano de Salud para que elevara propuesta de aprobación al Consejo de Administración del SMS.

Por acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Murciano de Salud, adoptado en su sesión del día 24 de marzo de 2014, se aprobó el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Regional de Farmacia y Terapéutica.

A la vista de ello, y de conformidad con las competencias que tengo atribuidas por el art. 8 apartado 1 b) del Decreto 148/2002, de 27 de diciembre por el que se establece la estructura y funciones de los órganos de participación, administración y gestión del Servicio Murciano de Salud.

Resuelvo

Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Murciano de salud de fecha 24 de marzo de 2014 por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Regional de Farmacia y Terapéutica y que se inserta como Anexo a esta Resolución.

Murcia, 7 de abril de 2014.—El Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, José Antonio Alarcón González.

ANEXO

ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD, DE FECHA 24 DE MARZO DE 2014, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN REGIONAL DE FARMACIA Y TERAPÉUTICA

COMISIÓN REGIONAL DE FARMACIA Y TERAPÉUTICA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO

ÍNDICE

  1. Introducción………………………………………………………………………………………...3

  2. Definición y Objeto…………………………………………………………………………………3

  3. Aplicación del Reglamento………………………………………………………………….........3

  4. Legislación………………………………………………………………………………………….4

  5. Funciones…………………………………………………………………………………………..4

  6. Composición………………………………………………………………………………………..5

  7. Presidente…………………………………………………………………………………………..6

  8. Vicepresidente……………………………………………………………………………………...7

  9. Miembros……………………………………………………………………………………………7

  10. Secretario………………………………………………………………………………………….8

  11. Funcionamiento…………………………………………………………………………………..8

  12. Reuniones ordinarias…………………………………………………………………………...10

  13. Reuniones extraordinarias……………………………………………………………………..10

  14. Actas……………………………………………………………………………………………...10

  15. Comisión Permanente………………………………………………………………………….11

  16. Confidencialidad y conflicto de intereses…………………………………………………11

  17. Difusión y validez de los acuerdos……………………………………………………………12

  18. Grupos Técnicos de Trabajo…………………………………………………………………..12

Anexo I Procedimiento para la autorización de la prescripción de un medicamento para su utilización en condiciones diferentes a las establecidas en su ficha técnica…………………14
Anexo II Procedimiento/criterios para la selección de medicamentos………21
Anexo III Contenido mínimo de un protocolo………………………………………………43
  1. INTRODUCCIÓN

    El presente Reglamento tiene como finalidad regular el funcionamiento de la Comisión Regional de Farmacia y Terapéutica creada por Orden de 26 de julio de 2012 de la Consejería de Sanidad y Política Social por la que se crean y se establece la composición, organización y funcionamiento del Comité Regional de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y de la Comisión Regional de Farmacia y Terapéutica. (BORM N.º 182 de 7 de agosto).

  2. DEFINICIÓN Y OBJETO

    La Comisión Regional de Farmacia y Terapéutica (en adelante, la Comisión, Comisión Regional o CRFT) es un órgano colegiado de la Consejería competente en materia de Sanidad, adscrito a la Dirección General competente en materia de ordenación farmacéutica.

    Se rige en cuanto a su creación por el capítulo III del título II de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en cuanto a su organización, composición y funcionamiento por lo establecido en la anteriormente mencionada Orden de 26 de julio de 2012 y supletoriamente en el capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Su ámbito de actuación es la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    La Comisión tiene como objetivo principal la fijación de directrices, criterios, condiciones e indicaciones específicas en materia de medicamentos, para su mejor utilización en cuanto a la calidad, seguridad y eficiencia y en la equidad de acceso a los mismos, así como, establecer en este ámbito estrategias de mejora en la gestión eficiente de los recursos farmacéuticos y conseguir mayores niveles de transparencia en la toma de decisiones. La Comisión contará, asimismo, con el apoyo y colaboración del Centro de Información y Evaluación de Medicamentos y Productos Sanitarios (CIEMPS) adscrito al Servicio de Ordenación y Atención Farmacéutica, así como de otros centros que la Comisión considere apropiados.

  3. APLICACIÓN DEL REGLAMENTO

    La Comisión realizará sus funciones y ajustará su actuación al presente Reglamento de Funcionamiento Interno, elaborado y aprobado por la Comisión.

  4. LEGISLACIÓN

    Orden de 26 de julio de 2012 de la Consejería de Sanidad y Política Social por la que se crean y se establece la composición, organización y funcionamiento del Comité Regional de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y de la Comisión Regional de Farmacia y Terapéutica.

    Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios.

    Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

  5. FUNCIONES

    La Comisión tiene las siguientes competencias y funciones específicas:

    Definir los procesos sobre los que es necesario aplicar criterios comunes de utilización de medicamentos o protocolos farmacoterapéuticos de carácter regional (anexo III) y coordinar su elaboración, priorizando aquellas patologías que por su impacto sanitario, social, económico o por la variabilidad en la utilización de medicamentos hacen necesario su especial supervisión y seguimiento.

    Coordinar, junto con los órganos competentes de la Consejería responsable en materia de sanidad y el Servicio Murciano de Salud, las actuaciones de las Comisiones de Farmacia y Terapéutica de Área que deriven de las decisiones que se adopten, dirigidas a garantizar el cumplimiento de los criterios de uso o protocolos (anexo III) que se establezcan.

    Acordar los criterios y procedimientos comunes de evaluación de medicamentos para su inclusión en las guías farmacoterapéuticas de las instituciones sanitarias públicas, al objeto de establecer una política común sobre medicamentos.

    Proponer la realización y divulgación entre los profesionales sanitarios de información científica y la aportación terapéutica de los nuevos medicamentos.

    Consensuar y proponer el proceso de selección de medicamentos a incluir en las diferentes guías farmacoterapéuticas del Servicio Murciano de Salud, en especial, las referidas a aquellas...

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