Procedimiento ordinario 808/2011.

SecciónAdministración de Justicia
EmisorDe lo Social numero Tres de Murcia

Doña Victoria Juárez Arcas, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Murcia.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario 808/2011 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de José Pascual Rojas Alvarado contra Construcciones Alicomur S.L., Fondo de Garantía Salarial sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que desestimando la demanda formulada por D. José Pascual Rojas Alvarado, frente al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), y frente a Construcciones Alicomur, S.L., debo declarar y declaro no haber lugar a la misma, confirmando la resolución administrativa impugnada y absolviendo al Fogasa de dicha demanda, sin pronunciamiento alguno respecto de la empresa al no haberse formulado petición alguna en demanda respecto de la misma.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que deberá ser anunciado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de notificación de esta sentencia conforme a lo previsto en los Arts. 190 y siguientes de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción social.

Adviértase igualmente a la parte recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 € (Art. 229 y D. Tª Segunda, punto 1 de Ley 36/2011 de 10 de octubre reguladora de la jurisdicción social) en la cuenta abierta en Banesto, oficina de Avda. Libertad s/n, Edificio “Clara”, en Murcia, CP 30.009, a nombre del este Juzgado con el núm. 3094-0000-65-0808-11, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en Banesto, en la misma oficina, a nombre de este...

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