Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de fecha 17 de mayo de 2017, relativo a aprobación definitiva de la Modificación n.º 2 del PGMO de Las Torres de Cotillas, para adaptación al Sistema General de Infraestructuras de la Mancomunidad de Canales del Taibilla. (Expte. 34/14 planeamiento).
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Educación, Juventud y Deportes |
Rango de Ley | Acuerdo |
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Comunidad Autónoma
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Otras disposiciones
Consejería de Presidencia y Fomento
4601 Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de fecha 17 de mayo de 2017, relativo a aprobación definitiva de la Modificación n.º 2 del PGMO de Las Torres de Cotillas, para adaptación al Sistema General de Infraestructuras de la Mancomunidad de Canales del Taibilla. (Expte. 34/14 planeamiento).
Con fecha 17 de mayo de 2017 el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Antecedentes de hecho
Primero.- Mediante Decreto de Alcaldía de 2 de abril de 2014 se acordó someter a información pública el Avance de la presente Modificación. La publicación se produjo en los diarios La Opinión y La Verdad el día 21 de abril de 2014 y BORM de 22 de ese mes y año.
Segundo.- Con fecha 26 de junio de 2014 el pleno municipal aprobó inicialmente la Modificación que fue sometida a información pública mediante la publicación de anuncios en los diarios La Opinión y La Verdad de los días 25 y 28 de julio de 2014 y BORM de 26 de ese mes y año.
El anterior documento fue sometido a informe de la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo que fue emitido el día 3 de octubre de 2014.
Tercero.- En sesión plenaria de 26 de febrero de 2015 el Ayuntamiento aprobó provisionalmente la Modificación y la remitió a esta Administración para su aprobación definitiva mediante oficio registrado de entrada el día 14 de septiembre de 2015.
Cuarto.- Con fecha 26 y 30 de octubre de 2015, los Servicios de Urbanismo y de Ordenación del Territorio emiten informes sobre la documentación que hasta ese momento conforma dicha modificación. Y, la Comisión de Coordinación de Política Territorial, en su sesión de 3 de noviembre de 2015, que con anterioridad a su aprobación definitiva deben subsanarse las siguientes deficiencias:
1. Debe garantizarse el cumplimiento de los deberes establecidos en el art. 16 del TRLS08 para la actuación de dotación derivada de la clasificación de la vigente parcela de SGI-3 como suelo urbano de actividad económica (U-ae).
2. Se debe aportar la documentación gráfica en el formato del planeamiento vigente, incorporando todos los planos que se ven afectados por la modificación: tanto los planos de ordenación estructura, como la ordenación pormenorizada y corregir los cuadros de sistemas generales del PGMO. Además, los planos de ordenación pormenorizada (3.1 y 3.2) deben recoger...
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