Orden de 10 de diciembre de 2010 de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas públicas para la ejecución y explotación de proyectos de gestión energética sostenible en el medio rural y urbano por medio de instalaciones de aprovechamiento de recursos energéticos renovables, en el área solar térmica, biomasa, solar fotovoltaica aislada, mixta eólico-fotovoltaica, biogás, biocarburantes y geotermia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Universidades, Empresa e Investigación
Rango de LeyOrden

El fomento de las energías renovables, así como del ahorro y de la eficiencia energética constituye un objetivo prioritario de la política energética de la Administración Regional configurándose como tal en la planificación energética regional para el período 2003-2012, y estableciéndose en la Ley 10/2006, de 21 de diciembre, de Energías Renovables y Ahorro y Eficiencia Energética, todo ello en coherencia con las políticas de estrategia en energías renovables impulsadas desde la Administración del Estado, como pone de manifiesto el Plan de Energías Renovables 2005-2010 aprobado con fecha 26 de agosto de 2005, por el Consejo de Ministros, con la finalidad de alcanzar el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medio ambiente.

Para facilitar el desarrollo del referido Plan, el Ministerio de Industria Turismo y Comercio, junto con el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (en adelante IDAE), Entidad Pública Empresarial, adscrita al Ministerio, a través de la Secretaría General de Energía, de quien depende orgánicamente, han diseñado mecanismos de colaboración en todas las Comunidades Autónomas, que además de articular en todo el territorio nacional las medidas previstas, tengan en cuenta también las necesidades y objetivos de cada Comunidad Autónoma en atención a sus propias peculiaridades y competencias. A tal efecto la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, suscribió el 25 de junio de 2010 un Convenio de Colaboración, con el IDAE, por el que éste facilita y pone a disposición de esta Administración los fondos necesarios para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo público contempladas en el Plan de Energías Renovables 2005/2010 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

De acuerdo con la cláusula segunda del mencionado Convenio, corresponde a la Comunidad Autónoma establecer programas de ayudas públicas a inversiones en nuevos proyectos de aprovechamiento energético en las áreas que se detallan en el anexo del mismo.

En consecuencia, mediante la presente Orden, se pretende aprobar las bases reguladoras de ayudas públicas dirigidas a proyectos de aprovechamiento energético en las áreas prioritarias de solar térmica de baja temperatura, biomasa térmica, instalaciones híbridas biomasa+solar térmica y solar fotovoltaica aislada y mixta eólico-fotovoltaica y en las complementarias referentes a pequeñas instalaciones para obtención y aprovechamiento de biogás, equipos de tratamiento en campo de biomasa y surtidores para biocarburantes y geotermia, realizados por corporaciones locales, empresas, familias e instituciones sin ánimo de lucro, y las Comunidades y/o Mancomunidades de vecinos.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Industria, Energía y Minas y conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2005 de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y a las facultades que me atribuye la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Dispongo

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de especial concurrencia conforme al supuesto especial previsto en el art. 22.1 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la ejecución y explotación de los proyectos de instalaciones de aprovechamiento de recursos energéticos renovables en las áreas solar térmica de baja temperatura, biomasa térmica, instalaciones híbridas biomasa+solar térmica, solar fotovoltaica aislada y mixta eólico-fotovoltaica, pequeñas instalaciones para obtención y aprovechamiento de biogás, equipos de tratamiento en campo de biomasa, surtidores para biocarburantes y geotermia, desarrollados y explotados en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

La convocatoria de ayuda que se derive de esta Orden se iniciará de oficio, por Orden de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, y se financiará con cargo a los créditos que se generen hasta un máximo de 1.001.494 Euros en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2011, en virtud de la aportación de fondos provenientes del IDAE de acuerdo al Convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma y el IDAE el 25 de junio de 2010, para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo publico contempladas en el Plan de Energías Renovables 2005-2010 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia..

El crédito a generar, se distribuirá entre las distintas áreas incluidas en el Plan de Trabajo aprobado por el IDAE.

Artículo 2 Proyectos subvencionables y aplicaciones prioritarias.
  1. Tendrán la consideración de proyectos subvencionables los de ejecución y consiguiente explotación de instalaciones fijas para el aprovechamiento de la energía solar térmica mediante sistemas de captación de baja temperatura, biomasa para la producción térmica, las instalaciones híbridas de producción de energía térmica a partir del sol y de la biomasa, los sistemas de generación eléctrica aislados de la red ejecutados mediante módulos fotovoltaicos o pequeños aerogeneradores, las pequeñas instalaciones para la obtención y aprovechamiento del biogás, los equipos de tratamiento en campo de biomasa, los surtidores de biocarburantes y las instalaciones que utilicen la energía existente en el subsuelo, ubicadas en el medio rural o urbano, en los sectores industrial, edificación, agrícola, forestal, y en general, en edificaciones e instalaciones vinculadas o no a explotaciones agrarias e instalaciones de titularidad municipal, que cumplan los siguientes requisitos:

    1. Que fomenten la sustitución de consumos de energías convencionales, por energía procedente de sistemas de producción de energía a partir del sol, la biomasa y el biogás.

    2. Que incentiven la recolección y tratamiento en campo de biomasa mediante los equipos adecuados o que ayuden a la implantación de la distribución de biocarburantes.

    3. Que contribuyan a la protección del medio ambiente, siempre que no sean de instalación obligatoria para el beneficiario a tenor de la Reglamentación vigente aplicable a la Edificación y su aprovechamiento se produzca dentro del área geográfica de la Región de Murcia.

  2. Las actuaciones deberán estar incluidas en alguna de las aplicaciones prioritarias siguientes:

    1. Área de Biomasa. Tipo de aplicaciones:

      Producción de energía térmica, para uso doméstico, industrial o en edificios utilizando como combustible biomasa.

    2. Área Solar Térmica. Tipos de aplicaciones:

      b-1) Sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar, mediante captadores solares cuyo coeficiente global de pérdidas sea inferior a 9 W/(m².ºC), para su utilización en aplicaciones térmicas.

      b-2) Instalaciones con sistemas prefabricados: Sistemas indirectos de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la radiación solar, bien sea como sistema compacto o como sistema partido, ofrecidos a la venta como equipos completos y listos para instalar bajo un solo nombre comercial. Los captadores solares tendrán un coeficiente de pérdidas inferior a 9 W/(m² ºC). No se considerarán subvencionables los equipos directos.

      b-3) Aplicaciones de refrigeración u otras aplicaciones con temperatura de diseño superior a 60 ºC, y superando rendimientos del 40%, para (tm-ta)=60 ºC y I=800 W/m² sobre la curva cuadrática de certificación del captador.

      b-4) Proyectos innovadores: Se consideran proyectos innovadores aquellos que cumplan los criterios definidos en el apartado de energía solar térmica del Plan de Energías Renovables 2005-2010, a titulo de ejemplo se incluyen: Desarrollo de nuevos captadores, procesos innovadores en la fabricación de los mismos; innovación en los procesos de refrigeración solar, la aplicación en procesos industriales, la desalinización solar y la integración arquitectónica.

    3. Área Solar Fotovoltaica o Mixta Eólica-Fotovoltaica Aislada

      Sistema de generación eléctrica, que transforma la energía de la radiación solar, mediante módulos fotovoltaicos o de la energía del viento mediante aerogeneradores, en energía eléctrica, para su consumo aislado de la red de distribución, pudiendo contar el sistema con acumulación de energía.

    4. Producción de biogás. Tipos de aplicaciones:

      Producción de energía térmica o eléctrica mediante el aprovechamiento energético del biogás producido por digestión anaerobia de residuos biodegradables, para instalaciones de potencia eléctrica inferior a 500 Kw.

    5. Equipos de tratamiento en campo de biomasa para su astillado o empacado. Tipo de aplicaciones:

      Maquinaria específica para el tratamiento de la biomasa, para uso energético, en campo a fin de facilitar su recogida y transporte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR