Resolución de 5 de marzo de 2004, de la Consejería de Hacienda, por la que se ordena la publicación del acuerdo alcanzado entre la Consejería de Educación y Cultura y las organizaciones sindicales ANPE, CCOO, STERM, CSI- CSIF y FETE- UGT, para la provisión de puestos de trabajo de los cuerpos docentes no universitarios en régimen de interinidad...

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyResolución

Con fecha 18 de diciembre de 2003, se alcanzó entre la Consejería de Educación y Cultura y las Organizaciones Sindicales ANPE, CCOO, STERM, CSI-CSIF y FETE-UGT, un Acuerdo para la provisión de puestos de trabajo de los cuerpos docentes no universitarios en régimen de interinidad en centros dependientes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ratificado por el Consejo de Gobierno con fecha 13 de febrero de 2004 y que figura como Anexo a la presente Resolución.

A fin de favorecer su conocimiento, esta Secretaría General, Resuelve Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», del Acuerdo suscrito entre la Administración y las Organizaciones Sindicales ANPE, CCOO, STERM, CSI-CSIF y FETE-UGT, para la provisión de puestos de trabajo de los cuerpos docentes no universitarios en régimen de interinidad en centros dependientes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Murcia, 5 de marzo de 2004.¿ El Secretario General de Hacienda, Juan José Beltrán Valcárcel.

ANEXO Acuerdo para la provisión de puestos de trabajo de los cuerpos docentes no universitarios en régimen de interinidad en centros dependientes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/ 1982, de 9 de junio, y reformado por las Leyes Orgánicas 4/ 1994, de 24 de marzo, y 1/ 1998, de 15 de junio, establece en su artículo 16.1 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia del desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y las leyes orgánicas que, conforme al apartado primero del artículo 81 de la misma, lo desarrolle, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.

La letra g) del Acuerdo de traspasos contenido en el Real Decreto 938/ 1999, de 4 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Región de Murcia en materia de enseñanzas no universitaria establece, respecto del personal traspasado, que corresponden a la comunidad autónoma, en el marco de las bases generales del régimen estatutario de los funcionarios públicos y de las normas básicas específicas aplicables al personal docente, los actos administrativos de personal que se deriven de la relación entre los funcionarios y la comunidad autónoma, y entre ellos los relativos a la convocatoria para la provisión de los puestos vacantes que determine la comunidad autónoma, la elaboración y aprobación de las previsiones de necesidades de personal, los nombramientos y ceses de los funcionarios para ocupar puestos de trabajo y los nombramientos para proveer interinamente vacantes, así como la facultad de formalizar contratos de duración temporal.

El Decreto 53/ 1999, de 2 de julio, atribuye al Consejero de Educación y Cultura la titularidad y el ejercicio de competencias relativas al personal docente de enseñanza no universitaria.

En materia de selección de personal para los Cuerpos docentes, la normativa aplicable está contenida en el Real Decreto 850/ 1993, de 4 de junio (BOE del 30), de acceso a la función pública docente.

Sin embargo, dicho Real Decreto no contempla con carácter básico el sistema de selección correspondiente para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad, dejando al criterio de cada Administración educativa la configuración de los criterios aplicables en los mismos, respetándose siempre los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Propiciar el diálogo, la participación, el convenio y la negociación con los agentes sociales ha sido una de las líneas principales de actuación de esta Consejería de Educación y Cultura, asegurando de esta forma la mejor respuesta a las necesidades que la comunidad educativa demanda.

Con fecha 18 de abril de 2000 se suscribió, entre la Consejería de Educación y Cultura y las organizaciones sindicales ANPE, CCOO, STERM, CSI-CSIF y FETEUGT, un Acuerdo para la provisión de puestos de trabajo docentes no universitarios, en régimen de interinidad, en centros dependientes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y que fue ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 1 de junio de 2000. Una vez finalizada la vigencia del referido Acuerdo y a la vista de los resultados positivos del mismo, se ha estimado conveniente adoptar, previa negociación con...

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