Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Explotaciones Eólicas Vélez Rubio S.L. la línea aérea de evacuación de energía eléctrica a 132 kV, simple circuito, del Parque Eólico Santa María de Nieva a la subestación de Nogalte, en las provincias de Almería y Murcia y se declara, en concreto, su utilidad pública.

SecciónAdministración Civil del Estado
EmisorDirección General de Política Energética y Minas
Rango de LeyResolución

Vistos los expedientes incoados en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Almería y en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia, a instancia de Abo Wind España S.A. con domicilio en Valencia, Embajador Vich 3, solicitando autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación que se cita.

Resultando que Explotaciones Eólicas Vélez Rubio S.L. comunicó a la Subdelegación del Gobierno en Almería y a la Delegación de Gobierno de Murcia que en fecha 4 de noviembre de 2010 Abo Wind España, S.A. ha cedido a Explotaciones Eólicas Vélez Rubio, S.L. la totalidad de los derechos y obligaciones correspondientes a los Parques Eólicos santa María de Nieva, Fase I y Fase II, entre los que se encuentran los relativos a la Línea aérea de Alta Tensión de 132 kV “Santa María de Nieva-Nogalte”, en virtud de escritura pública autorizada notarialmente.

Resultando que la petición de Abo Wind España S.A. ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en los artículos 125 y 144 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Resultando que se acepta un condicionado expuesto por el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, que supone realizar una adenda al proyecto y corregir la Relación de Bienes y Derechos afectados, por lo cual se realiza un nuevo trámite de información pública a todos los efectos.

Resultando que por parte de particulares se presentaron alegaciones que fueron contestadas por el solicitante con razones que se estiman correctas.

Resultando que se remite al Ayuntamiento de Huércal-Overa separata del proyecto y se solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo. No habiéndose recibido contestación alguna tras la reglamentaria reiteración, se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del Real Decreto 1955/2000.

Resultando que se remite al Ayuntamiento de Vélez-Rubio separata del proyecto y se solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo. Tras la reglamentaria reiteración, se recibe informe en el que se señala que no han recibido el proyecto y en el que establecen, en todo caso, un condicionado general. Una vez se da traslado al solicitante éste envía de nuevo el proyecto del cual se da traslado al Organismo que manifiesta su conformidad al mismo.

Resultando que se remite por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Almería separata del proyecto a la Confederación Hidrográfica del Segura y se solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo. Tras la reglamentaria reiteración, se recibe informe en el que se establece un condicionado. Una vez se da traslado al solicitante, éste acepta el condicionado impuesto modificando para ello el apoyo nº 79. Se da traslado al organismo para que muestre su conformidad o reparos, no habiéndose r??ecibido contestación alguna en el plazo reglamentario, se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Resultando que se remite al Servicio de Vías Pecuarias de la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente separata del proyecto y se solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo. Tras la reglamentaria reiteración, se recibe informe favorable en el que se establece un condicionado. Se da traslado al solicitante que toma razón de la conformidad del Organismo.

Resultando que se remite al Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Obras Públicas y Transportes separata del proyecto y se solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo. Se recibe informe desfavorable ya que los apoyos 4 y 5 no cumplen lo establecido en el Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de Septiembre. Se da traslado al solicitante, que realiza una adenda al proyecto donde quedan subsanadas las deficiencias asociadas a los apoyos 4 y 5, cumpliendo así lo estipulado en el Real Decreto 1812/1994. Se da traslado al organismo para que muestre su conformidad o reparos, recibiéndose informe del que no se desprende oposición al proyecto y en el que se establece un condicionado técnico.

Resultando que se remite al Área de Obras Públicas y Medio Ambiente de la Diputación Provincial de Almería separata del proyecto y se solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000,...

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