Orden de 29 de marzo de 2010, de bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Economía y Hacienda de la CARM para la creación de contenidos digitales, en el marco del III Plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en la Región de Murcia 2008-2010.

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Extracto


Orden de 29 de marzo de 2010, de bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Economía y Hacienda de la CARM para la creación de contenidos digitales, en el marco del III Plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en la Región de Murcia 2008-2010.

El Plan Estratégico de Desarrollo de la Región de Murcia 2007-2013 contempla dentro de la Estrategia Regional para el Fomento de la Sociedad del Conocimiento la consolidación de la sociedad de la información en la ciudadanía como uno de sus objetivos intermedios, que permitirá la transformación del conocimiento y el uso de las tecnologías en un agente clave para el desarrollo productivo y social.

El III Plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en la Región de Murcia 2008-2010, surge con el fin de lograr el objetivo señalado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, consistente en “alcanzar los objetivos planteados por la Unión Europea para el año 2010 de constituirse en la economía del conocimiento más competitiva y dinámica del mundo”.

Sin duda un aspecto esencial para lograr dicho objetivo es fomentar la creación de contenidos digitales, un sector en auge, que cada vez tiene mayor repercusión en la vida de los ciudadanos a la hora de relacionarse tanto personal como profesionalmente. En este sentido el PDSI 08-10 contempla la Línea de Actuación LC3 “Fomento del uso y la participación de ciudadanos en Internet” en el que se enmarca el Programa PC6 “Impulso a la creación de contenidos de interés para ciudadanos” cuyo fin último es la promoción y creación de contenidos digitales y servicios de interés, en portales web regionales, en diferentes áreas, cultura, docencia, educación, sanidad, etc…; y el fomento de las redes sociales (Web 2.0) como herramienta de participación ciudadana en Internet, impulso a la utilización de herramientas informáticas colaborativas y la web semántica para generar contenidos adecuados a las necesidades de los ciudadanos.

De conformidad con lo expuesto, al objeto de asignar los créditos consignados en la presente y, en su caso, en las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales de la CARM, con sujeción a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad y demás establecidos en los artículos 3, 4, 1...

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