Corrección de error en el Decreto n.º 244/2014, de 19 de diciembre, por el que se aprueban los planes de recuperación de las especies jara de Cartagena, brezo blanco, sabina de dunas, narciso de Villafuerte y Scrophularia arguta, publicado con el número 16596.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno

Advertido error en la publicación número 16596, aparecida en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 297, de fecha 27 de diciembre de 2014, se rectifica de oficio en lo siguiente:

Se publica dicho Decreto de manera íntegra.

En la legislación europea la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de fauna y flora silvestres obliga a los Estados miembros a poner en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en su texto normativo.

El artículo 52.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establece que las Comunidades Autónomas adoptarán las medidas necesarias para garantizar la conservación de la biodiversidad que vive en estado silvestre, atendiendo preferentemente a la preservación de sus hábitats y estableciendo regímenes específicos de protección para aquellas especies silvestres cuya situación así lo requiera, incluyéndolas en alguna de las categorías mencionadas en los artículos 53 y 55 de esta Ley.

Igualmente, su artículo 53 crea el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, y en el seno del mismo, el artículo 55 establece el Catálogo Español de Especies Amenazadas, reduciendo la anterior clasificación cuatripartita a sólo dos categorías, pero manteniendo la categoría correspondiente a especies “en peligro de extinción” en la que se seguiría incluyendo las especies jara de Cartagena (Cistus heterop??hyllus subsp. carthaginensis) y narciso de Villafuerte (Narcissus nevadensis).

Así resulta del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, que desarrolla el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas, donde se incluyen la jara de Cartagena (Cistus heterophyllus = C.h.carthaginensis) y al narciso de Villafuerte (Narcissus nevadensis) en la categoría “en peligro de extinción”.

Asimismo, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece en su artículo 56, en relación con el catálogo español de especies amenazadas, que la inclusión de un taxón o población en la categoría especie en peligro de extinción conllevará, en un plazo máximo de tres años, la adopción de un plan de recuperación que incluya las medidas más adecuadas para el cumplimiento de los objetivos buscados y, en su caso, la designación de áreas críticas.

En las áreas críticas, y en las áreas de potencial reintroducción o expansión de estos taxones o poblaciones definidas como tales en los planes de recuperación, se fijarán medidas de conservación e instrumentos de gestión, específicos para estas áreas o integrados en otros planes, que eviten las afecciones negativas...

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