Corrección de errores al Decreto n.º 149/2018, de 14 de junio, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones a Centros Educativos Privados Concertados para Aplicación de la Ley de Gratuidad de Libros de Texto.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación, Juventud y Deportes
Rango de LeyCorrección de errores
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

4012 Corrección de errores al Decreto n.º 149/2018, de 14 de junio, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones a Centros Educativos Privados Concertados para Aplicación de la Ley de Gratuidad de Libros de Texto.

Advertido error, por omisión de varios centros educativos en su anexo I, en la publicación del Decreto n.º 149/2018, de 14 de junio de 2018 (BORM n.º 140, de 20 de junio de 2018), por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones a centros educativos privados concertados para aplicación de la ley de gratuidad de libros de texto, se procede a su publicación de forma íntegra del texto del Decreto junto con sus anexos para mejor comprensión del mismo.

Murcia a 20 de junio de 2018.—El Secretario del Consejo de Gobierno, Pedro Rivera Barrachina.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo tercero establece que la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria constituyen la educación básica. Asimismo, determina en el artículo cuarto que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita para todas las personas, y en el artículo 88.2 establece que las administraciones educativas dotarán a los centros de los recursos necesarios para hacer posible la gratuidad en las enseñanzas de carácter gratuito.

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene atribuidas las competencias en materia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que lo desarrollan, en virtud del artículo 16 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 4/1982 de 9 de junio. A través del Real Decreto 938/1999, de 4 de junio, se traspasaron las funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de enseñanza no universitaria y por Decreto 52/1999, de 2 de junio, se aceptaron dichas competencias.

Facultada la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por los citados títulos competenciales en materia educativa, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes ha desplegado en estos últimos años una amplia línea de ayudas relacionadas con el sistema educativo, tratando de facilitar con ellas el acceso de su alumnado a una enseñanza de calidad, estableciendo como una de sus máximas prioridades la garantía de la igualdad de oportunidades en el ámbito educativo.

Recientemente ha sido aprobada en la Asamblea Regional la Ley 2/2018, de 26 de marzo, de Gratuidad de Libros de Texto en la Región de Murcia cuyo objeto consiste en garantizar la gratuidad de los libros de texto a todo el alumnado que curse las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial en todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Conforme dispone dicha ley, la gratuidad se hará efectiva mediante un sistema, de implantación progresiva durante un plazo máximo de 4 años, en el que el alumnado beneficiario dispondrá, en régimen de préstamo, de los libros de texto elegidos por el centro para las enseñanzas obligatorias que esté cursando.

La finalidad del presente decreto es la de colaborar en el impulso, la constitución y el mantenimiento, en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de un sistema de bancos de libros de texto y material curricular para su uso por el alumnado mediante el préstamo y reutilización.

El artículo 8 de la Ley 2/2018, de 26 de marzo, de Gratuidad de los Libros de Texto de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, recoge dos modelos de gestión del sistema de préstamo de libros que podrá ser: entrega de cheque libro de manera individual y directa a los representantes legales del alumnado o compra de los libros de texto por el propio centro educativo.

Por lo anteriormente expuesto y entendiendo, por tanto, que existen razones de interés público y social, la Administración Regional colaborará directamente en la financiación de la adquisición de libros de texto y material curricular de los centros beneficiarios, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes mediante la concesión de una subvención, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de...

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