Decreto n.º 144/2016, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Decreto n.º 111/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Cultura y Portavocía.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Cultura y Portavocía |
Rango de Ley | Decreto |
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Comunidad Autónoma
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Disposiciones Generales
Consejo de Gobierno
9897 Decreto n.º 144/2016, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Decreto n.º 111/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Cultura y Portavocía.
El Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, de reorganización de la Administración Regional, modificado por el Decreto de la Presidencia n.º 32/2015, de 7 de julio, y por Decreto de la Presidencia n.º 33/2015, de 31 de julio, llevó a cabo una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional, que se materializó en el establecimiento de los órganos directivos de las diferentes Consejerías, mediante la aprobación de los correspondientes Decretos de Consejo de Gobierno.
Por lo que respecta a la Consejería de Cultura y Portavocía, la determinación de los órganos directivos y de sus respectivas competencias ha sido fijada mediante el Decreto n.º 111/2015, de 10 de julio. No obstante, razones organizativas y de eficacia en la gestión administrativa hacen necesaria la modificación del mismo con el fin de facilitar el desarrollo de los cometidos y competencias que en materia de publicidad, comunicación institucional y gestión del servicio público de comunicación audiovisual desarrolla actualmente la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Portavocía.
Lo anteriormente expuesto hace necesaria la modificación del Decreto n.º 111/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Cultura y Portavocía, que ya ha sido objeto de modificación por Decreto n.º 159/2015, de 13 de julio y por Decreto n.º 256/2015, de 6 de agosto.
En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Cultura y Portavocía y a propuesta de la Consejera de Presidencia, por delegación del Presidente, de acuerdo con lo previsto en el Decreto de la Presidencia 29/2015, de 7 de julio; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, al amparo del Decreto de la...
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