Aprobación definitiva del Plan Especial n.º 3, Dársena de Escombreras.

SecciónAdministración Local
EmisorCartagena

En la sesión celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el día veinte de diciembre de dos mil diez, se adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial n.º 3, Dársena de Escombreras, presentado por la Autoridad Portuaria de Cartagena.

ÍNDICE

PREÁMBULO AL TEXTO REFUNDIDO

CAPÍTULO P.1 INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO P.2 CONTESTACIÓN A LAS ALEGACIONES E INFORMES

P.2.1. Iberdrola

P.2.2. Confederación Hidrográfica del Segura

P.2.3. A.D.I.F.

P.2.4. Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia

P.2.5. Dirección General de Transportes y Puertos

P.2.6. Dirección General de Territorio y Vivienda

P.2.7. Dirección General de Planificación, Evaluación y Control Ambiental.

DOCUMENTO DE INFORMACIÓN

CAPÍTULO 0 INTRODUCCIÓN Y METODOLOGÍA

0.1. Metodología

CAPÍTULO 1 EL PUERTO DE CARTAGENA Y LA DÁRSENA DE ESCOMBRERAS EN EL SISTEMA PORTUARIO DEL LITORAL MEDITERRÁNEO

1.1. El Puerto de Cartagena dentro del sistema portuario del litoral mediterráneo.

1.2. Áreas de influencia: Hinterland.

1.3. Trafico de mercancías.

1.4. Especialización y complementariedad con otros puertos.

1.5. Estructura funcional y espacial del Puerto.

1.1.1. Características técnicas y jurídicas.

1.1.2. Especialización funcional de las instalaciones del Puerto.

1.1.3. Las concesiones: Proceso de ocupación y usos.

1.1.4. Las actividades económicas.

1.1.5. El transporte.

1.1.6. Las infraestructuras básicas.

1.6. Ampliación de la Dársena de Escombreras.

CAPÍTULO 2 MARCO TERRITORIAL Y URBANÍSTICO DE LA DÁRSENA DE ESCOMBRERAS

2.1. Marco territorial

2.1.1. Planificación supramunicipal.

2.1.2. Sistema de comunicaciones.

2.1.3. Análisis estratégico del Puerto.

2.2. Marco urbanístico

2.2.1. Propuesta del Plan General Municipal de Ordenación de Cartagena.

CAPÍTULO 3 DIAGNÓSTICO FUNCIONAL DE LA DÁRSENA DE ESCOMBRERAS

3.1. El espacio de la Dársena de Escombreras.

3.2. Fichas de diagnóstico zonal de la Dársena de Escombreras.

ANEJO: CONCESIONES ADMINISTRATIVAS

DOCUMENTO DE ORDENACIÓN

CAPÍTULO 4 MODELO FUNCIONAL DE LA DÁRSENA DE ESCOMBRERAS

4.1. Relación funcional con su entorno territorial.

4.2. Estructura funcional del Puerto.

4.3. Estructura viaria del Puerto.

4.4. Estimación de consumo de recurso hídricos.

CAPÍTULO 5 ORDENACIÓN Y USOS DEL SUELO EN EL PLAN ESPECIAL

5.1. Introducción.

5.2. Usos globales.

5.3. Aplicación de estos usos a cada Subzona: Condiciones particulares.

5.4. Cuadro resumen de usos del suelo del Plan Especial de la Dársena de Escombreras.

CAPÍTULO 6 NORMAS URBANÍSTICAS DEL PLAN ESPECIAL

Estas Normas constan de los siguientes Títulos:

- Título Primero: Generalidades

- Título Segundo: Régimen Urbanístico del Suelo

- Título Tercero: Normas Edificatorias

- Título Cuarto: Condiciones Particulares de cada Subzona

TÍTULO PRIMERO GENERALIDADES Artículos 1.1 a 1.9
Artículo 1.1 Naturaleza

Se redacta el presente Plan Especial en desarrollo de las previsiones del Plan General Municipal de Ordenación del Ayuntamiento de Cartagena en el ámbito de la Zona de Servicio de la Dársena de Escombreras del Puerto de Cartagena.

Artículo 1.2 Alcance y ámbito de aplicación de las Normas Urbanísticas
  1. Las presentes Normas Urbanísticas se aplican al ámbito de la Zona de Servicio de la Dársena de Escombreras, con arreglo a la delimitación definida en el Plan de Utilización de Espacios Portuarios del Puerto de Cartagena, aprobado por el Ministerio de Fomento y publicado en el B.O.E, nº 38, de 13 de Febrero de 2.003.

  2. La Zona de Servicio se encuentra incluida en el término municipal de Cartagena.

  3. Lo específico de este ámbito obliga a combinar la aplicación de la normativa general del Ayuntamiento de Cartagena con el desarrollo de una normativa propia del puerto. Las presentes Normas Urbanísticas definen, en consecuencia, un sistema de Usos Globales y Pormenorizados específicos del Puerto de Cartagena en desarrollo de lo establecido por la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y unas normativas particulares, como marco de gestión de la Autoridad Portuaria de Cartagena.

Artículo 1.3 Contenido del Plan Especial

El Plan Especial, de conformidad con lo dispuesto en la Legislación Urbanística vigente y en desarrollo de las determinaciones que la asigna el Plan General, define la estructura viaria interna del ámbito, zonifica éste y determina los usos de cada zona definiendo los grados de ocupación y condiciones de edificabilidad, así como la definición de las infraestructuras de servicio necesarias y la conexión a los sistemas generales.

Artículo 1.4 Desarrollo del Plan Especial

El desarrollo y la ejecución del Plan Especial se realizará mediante:

1) Proyectos de Urbanización

2) Otros Proyectos Constructivos

3) Proyectos Básicos

4) Estudios de Detalle

quedando reflejada en la normativa específica de cada Subzona qué tipo de Proyecto es necesario o recomendable realizar en cada una de ellas.

Artículo 1.5 Proyectos de urbanización

1) La ejecución de las determinaciones del Plan Especial se realizará mediante Proyectos de Urbanización, los cuales tendrán por objeto la definición técnica precisa de las obras correspondientes a la ejecución del viario, espacios libres y zonas verdes, abastecimiento de agua, saneamiento, abastecimiento de energía eléctrica, telefónica y cualquier otro servicio que el Plan Especial prevea, así como las conexiones de estas infraestructuras de servicio con las redes de servicio existentes.

2) Los Proyectos de Urbanización podrán contemplar unitariamente varias áreas completas, así como prever la ejecución de toda la obra en varias fases de manera que éstas se acomoden a la progresiva ocupación del espacio.

3) Los Proyectos de Urbanización podrán ejecutarse en tantas fases como determine la Autoridad Portuaria.

Artículo 1.6 Otros proyectos constructivos

1) Los Proyectos Constructivos tendrán por finalidad la ejecución de las obras a realizar, las condiciones y características generales y la disposición de los elementos y el acondicionamiento de sus instalaciones, tanto de obras de urbanización como de edificación.

2) Los Proyectos Constructivos deberán contener cuantas determinaciones se precisen para valorar el cumplimiento de sus condiciones y las afecciones sobre las áreas y edificaciones colindantes.

3) Tipologías de obras a realizar mediante la redacción de Proyectos Constructivos:

- Obras Ordinarias de Urbanización: Tendrán por objeto la mejora de las infraestructuras de zona que no precisen de un Proyecto de Urbanización completo (deberán ajustarse a las determinaciones de los Proyectos de Urbanización en los aspectos que sean similares, y a las normas propias de las infraestructuras que se pretendan implantar).

- Obras de Edificación: Comprenderá obras en edificios existentes (restauración, conservación, consolidación, acondicionamiento, etc.), obras de demolición, obras de edificación de nueva planta, obras complementarias en parcela (vaciado, explanación, cerramiento, acondicionamiento de espacios interiores de parcela no edificados, etc.), obras provisionales, etc.

- Proyectos de Actividades e Instalaciones: Tendrán por objeto definir, en su totalidad o parcialmente, los elementos mecánicos, la maquinaria o las instalaciones que precise un local para permitir el ejercicio de una actividad determinada.

- Otras Actuaciones Urbanísticas: Se entiende por aquellas otras construcciones, ocupaciones, actos y formas de afectación del suelo o subsuelo no incluidos en los apartados anteriores, como:

. Obras civiles singulares: Construcción de piezas de arquitectura o ingeniería civil que no formen parte de proyectos de urbanización o edificación, como por ejemplo obras portuarias de muelles, diques, líneas de ferrocarril, etc.

. Actuaciones estables: Usos o instalaciones que afecten al vuelo del viario o espacios libres (como tendidos aéreos, conducciones, etc), instalaciones ligeras de carácter fijo, instalaciones de depósito o almacenamiento al aire libre, etc

. Actuaciones provisionales: Son aquellas que se acometen por tiempo limitado como vallados, zanjas, etc.

. Otras.

Artículo 1.7 Proyectos básicos

1) Según la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, el procedimiento de otorgamiento de las concesiones para la ocupación del dominio público portuario requiere que el interesado presente, entre otra documentación, un Proyecto Básico de las actuaciones a realizar ante el Ayuntamiento y ante la Autoridad Portuaria para su aprobación y tramitación de la concesión.

2) El Proyecto Básico deberá adaptarse al presente Plan Especial de Ordenación de la Zona de Servicio del Puerto e incluirá la descripción de las actividades a desarrollar, las características de las obras e instalaciones a realizar y presupuesto aproximado, posibles efectos medioambientales y, en su caso, estudio de impacto ambiental, superficie de la zona de dominio público a ocupar, y otras especificaciones que determine la Autoridad Portuaria.

3) Las obras se ejecutarán conforme al Proyecto Constructivo (ver tipos de Proyectos Constructivos en Artículo 1.6) que en cada caso se apruebe por la Autoridad Portuaria, que completará el Proyecto...

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