Orden de 2 de septiembre de 2010, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regulan las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas conducentes a los títulos de Técnicos Deportivos y Técnicos Deportivos Superiores.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación, Formación y Empleo
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula en el Título I, Capítulo VIII las Enseñanzas Deportivas de régimen especial. Estas enseñanzas se estructuran en dos grados, grado medio y grado superior, estableciendo en su artículo 64 que entre los requisitos de acceso, además del académico, será necesario superar una prueba realizada por las Administraciones educativas, o en su caso, acreditar un mérito deportivo en los que se demuestre tener las condiciones necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

El Real Decreto 1.363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, establece la nueva ordenación general de estas enseñanzas, dispone en su artículo 30 que para el acceso a cualquiera de los ciclos de enseñanza deportiva se podrá requerir la superación de una prueba se carácter específico, organizada y controlada por las Administraciones educativas.

La Disposición transitoria segunda del Real Decreto citado, establece la vigencia de las enseñanzas establecidas al amparo del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.

Las pruebas de carácter específico de acceso a las enseñanzas deportivas son las establecidas en los Reales Decretos por los que se establecen los títulos de los Técnicos Deportivos en las distintas modalidades y especialidades deportivas de régimen especial.

En su virtud y a propuesta de la Dirección de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas de acuerdo con la regulación que para el ejercicio de la potestad reglamentaria establecen el artículo 38 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y el artículo 16.2 apartado d) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Murcia.

Dispongo

Capítulo I Disposiciones generales Artículos 1 a 6
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. La presente Orden regula las pruebas de carácter específico para acceder a las enseñanzas deportivas de régimen especial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial. Asimismo, será de aplicación lo regulado para cada ciclo y grado por el Real Decreto de título y enseñanzas mínimas de la modalidad o especialidad deportiva correspondiente.

  2. El ámbito de aplicación de estas pruebas es la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 2 Finalidades y efectos de las pruebas de carácter específico.
  1. Las pruebas de carácter específico tienen como finalidad verificar que el aspirante tiene la condición física y las destrezas específicas necesarias para seguir con aprovechamiento las enseñanzas deportivas de la modalidad o especialidad elegida.

  2. La superación de las pruebas de carácter específico establecidas en la presente Orden permitirán el acceso a las enseñanzas deportivas correspondientes en cualquiera de los centros docentes del territorio nacional siempre y cuando exista disponibilidad de plazas vacantes.

Artículo 3 Contenidos de las pruebas.
  1. La estructura, carga lectiva, contenidos y criterios de evaluación de la prueba, así como los méritos deportivos exigidos son los establecidos por el Real Decreto de título y las enseñanzas mínimas de cada modalidad o especialidad deportiva.

  2. Las pruebas se configurarán teniendo en cuenta los objetivos del currículo de la correspondiente modalidad o especialidad deportiva, los niveles de habilidad práctica y aptitudes necesarias que el aspirante deberá acreditar.

Artículo 4 Requisitos de las personas aspirantes.
  1. Podrán concurrir a las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado medio, de las especialidades deportivas que se oferten, quienes estén en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente a efectos académicos, o alguna de las titulaciones establecidas en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1.363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

  2. Asimismo, podrán concurrir a las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado medio quienes, no estando en posesión de la titulación académica requerida, tengan alguno de los siguientes requisitos con anterioridad a la celebración de la prueba específica de acceso objeto de esta Orden:

    1. Haber superado, a falta de los requisitos académicos, la prueba de acceso al grado medio establecida en el artículo 31 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

    2. Haber superado la prueba de acceso de grado medio de la Formación Profesional Específica.

    3. Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño.

    4. Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

  3. Podrán concurrir a las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado superior de las especialidades que se oferten quienes estén en posesión del título de Bachiller o de alguna de las titulaciones equivalentes a las que hace referencia la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial y, además, el título de Técnico Deportivo de la correspondiente modalidad o especialidad deportiva.

  4. Igualmente, podrán concurrir a las pruebas específicas para el acceso al grado superior quienes, no teniendo el título de Bachiller, hayan superado la parte común de la prueba de acceso a la formación profesional del grado superior o hayan superado la prueba de acceso sin los requisitos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR