Resolución de 28 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acuerdo de Convenio colectivo de Holcim España S.A. (antes Hornos Ibéricos Alba S.A.).

BORM, 7 de Enero de 2012I - Comunidad Autónoma › Consejería de Educación, Formación y Empleo

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Resolución de 28 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acuerdo de Convenio colectivo de Holcim España S.A. (antes Hornos Ibéricos Alba S.A.).

Visto el expediente de Convenio Colectivo de Trabajo y de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Resuelvo

Primero.- Ordenar la inscripción en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, de este Centro Directivo, de Convenio; número de expediente, 30/01/1/2011; referencia, 201144110023; denominación, Holcim España S.A. (Antes Hornos Ibéricos ALBA S.A.); código de convenio, 30000792011987; (código de convenio anterior 3000792); de ámbito, Empresa; suscrito con fecha 02/11/2011, por la Comisión Negociadora.

Segundo.- Notificar la presente resolución a la Comisión Negociadora del acuerdo.

Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia 28 de diciembre de 2011.—El Director General de Trabajo, Fernando J. Vélez Álvarez.

CONVENIO COLECTIVO HOLCIM ESPAÑA, S.A.

FABRICA DE LORCA, 2011 - 2012

ÍNDICE

Capítulo 1: ÁMBITO DE APLICACIÓN, VIGENCIA, VINCULACION A LA TOTALIDAD Y PRELACIÓN DE MORMAS.

Artículo 1.- Ámbito Funcional y Territorial

Artículo 2.- Vigencia

Artículo 3.- Derechos adquiridos

Artículo 4.- Vinculación a la totalidad

Artículo 5.- Prelación de normas

Capítulo 2: Horario de trabajo jornada, vacaciones y permisos.

Artículo 6.- Horario de Trabajo

Artículo 7.- Horas Extraordinarias

Artículo 8.- Vacaciones Anuales Retribuidas

Artículo 9.- Tiempos de Descanso

Artículo 10.- Fiestas

Artículo 11.- Licencias

Capítulo 3: Sobre la organización del trabajo.

Artículo 12.- Flexibilidad Horaria

Artículo 13.- Movilidad Funcional y Polivalencia

Artículo 14.- Traslados y Condiciones

Capítulo 4: Sobre clasificación profesional.

Artículo 15.- Clasificación Profesional y niveles

Capítulo 5: Sobre estructura salarial.

Artículos 16 a 28.- Sobre Salarios

Capítulo 6: Beneficios

Artículo 29.- Incapacidad Temporal

Artículo 30.- Seguro Colectivo

Artículo 31.- Cese Voluntario

Artículo 32.- Fondo de Préstamos

Artículo 33.- Préstamos para la Adquisición de Viviendas

Artículo 34.- Fondo Asistencial

Capítulo 6: Sobre derechos colectivos.

Artículo 35.- Derechos Colectivos de los Trabajadores

Artículo 36.- Garantías para el Ejercicio de la Representación

Artículo 37.- Asamblea de los Trabajadores

Artículo 38.- Plantillas

Artículo 39.- Comisión Paritaria de Vigilancia e Interpretación

Capítulo 7: Seguridad y Salud.

Artículo 40.- Prevención de Riesgos Laborales

Artículo 41.- Ropa de Trabajo

Anexos

Artículo 1.º? Ámbito funcional y territorial

Este Convenio Colectivo de Trabajo, será de aplicación a todos los trabajadores de la Empresa HOLCIM ESPAÑA, S.A. en su Factoría de Lorca (Murcia), con la excepción de los siguientes cargos: Director de Fábrica, Director Adjunto de Fábrica, Jefe de Ventas, Jefe Dpto. de Administración, Jefe Dpto. de Mantenimiento, Jefe Dpto. de Producción, Jefe Dpto. de Calidad, Secretaria del Director de Fábrica y Jefe de Recursos Humanos.

Se entenderá como Factoría de Lorca, las instalaci...

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