Resolución del Rectorado de la Universidad de Murcia (R- 220/ 2004) de fecha 27 de julio de 2004, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de la Escala Superior Facultativa: Especialidad Experiencias Agrícolas y Forestales de la misma.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura Universidad de Murcia
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1282/ 85, de 19 de junio (« Boletín Oficial del Estado» de 30 de julio), y con el fin de atender las necesidades de Personal de Administración y Servicios, Teniendo en cuenta las recomendaciones del Defensor del Pueblo de 7 de noviembre de 2003 respecto a la adopción de medidas que permitan reducir el porcentaje de precariedad en el personal de administración y servicios, y respecto a la observancia con todo rigor de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en los procesos de selección encaminados a cubrir vacantes que actualmente están ocupadas por empleados temporales, Este Rectorado, en uso de las competencias que le estánatribuidas en el art.

º 20 de la Ley Orgánica 6/ 2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2. e) de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Superior Facultativa:

Especialidad Experiencias Agrícolas y Forestales de la Universidad de Murcia, con sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria 1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de la Escala Superior Facultativa:

Especialidad Experiencias Agrícolas y Forestales de la Universidad de Murcia, por el sistema general de acceso libre.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/ 1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/ 1988, de 28 de julio; la Ley 17/ 1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la Función Pública de nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Decreto 3/ 2003, de 31 de enero, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Región de Murcia de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales extracomunitarios; el Real Decreto 543/ 2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores; el Real Decreto 364/ 1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; los Estatutos de la Universidad de Murcia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El proceso de selección constará de las fases de concurso y oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el AnexoI. 1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5. La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos.

1.6. El primer ejercicio de la fase de oposición no comenzará antes del día 1 de noviembre de 2004, determinándose en la Resolución que se indica en la base 4.1. el lugar y la fecha de realización.

1.7. Con los aspirantes que superen el primer ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado publicará una resolución que contendrá la puntuación obtenida por los mismos en la fase de concurso.

  1. Requisitos de los candidatos.

    2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la Función Pública (art.

    º 30 del Real-Decreto 315/ 64, de 7 de febrero) y, en particular:

    1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

      También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, siempre que no estén separados de derecho.

      Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

    2. Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

    3. Estar en posesión o en condiciones de obtener, el título de Doctor; Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

      En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

    6. No estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado de origen, el acceso a la función pública, para los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española.

      2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

  2. Solicitudes.

    3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo en solicitud, que se ajustará al modelo que figura como Anexo III de esta convocatoria.

    A la solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad y el comprobante bancario original de haber satisfecho los derechos de examen.

    La falta de justificación del abono de los derechos de examen, dentro del plazo de presentación de solicitudes, determinará la exclusión definitiva de los aspirantes.

    3.2.Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivira expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.

    Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

    Los documentos indicados se presentarán traducidos al castellano, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar, asimismo, el desarrollo de pruebas selectivas, de conformidad con lo establecido en el art.

    8del Real Decreto 543/ 2001 de 18 de mayo.

    Los aspirantes que de conformidad con la base 7 de esta convocatoria, estén exentos de realizar la prueba de acreditación deberán acompañar a su solicitud e indicarlo en el apartado «D» del punto 23 de la solicitud, en caso de poseerlo, el documento acreditativo de conocimiento de la lengua castellana.

    3.3. Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso indicarán en los apartados A, B y C, del punto 23 de la solicitud, los méritos que posean de los indicados en el punto 2.1 del Anexo I de esta convocatoria.

    3.4. Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la solicitud la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el recuadro 6 de la solicitud.

    Asimismo, deberán solicitar, si lo desean, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, indicándolo en el recuadro 7. 3.5. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Murcia (Santo Cristo, 1-30071-Murcia) o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmentepor la Ley 4/ 1999, en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al Magfco.

    y Excmo.

    Sr.

    Rector de la Universidad de Murcia.

    Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a la Universidad de Murcia.

    3.6. Los derechos de examen serán de 24 euros y se ingresarán en la cuenta número 0182-7511-190200538118«Universidad de Murcia» del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Oficina Gran Vía de Murcia.

    En ningún caso la presentación y pago en el banco Bilbao Vizcaya Argentaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.5. 3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

  3. Admisión de aspirantes.

    4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Murcia dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el BoletínOficial de la Región de Murcia y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de la exclusión.

    En la lista...

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