Despido/ceses en general 745/2011.

SecciónAdministración de Justicia
EmisorDe lo Social numero Seis de Murcia

N.I.G.: 30030 44 4 2011 0007252

N.º Autos: Despido/ceses en general 745/2011

Demandante: Marta García Andreolotti

Abogado: David Gil Vera

Demandados: PCMUR Soluciones Informáticas, S.L., Servicios Informáticos y Tecnológicos de Murcia, S.L., Alberto Grego Martin, José Serrano Madrid, Ámbito Habitual, S.L.U., Fogasa

Doña Isabel María de Zarandieta Soler, Secretario Judicial del SCOP de lo Social número Seis de Murcia.

Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general 745/2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de doña Marta García Andreolotti contra la empresa PCMUR Soluciones Informáticas, S.L., Servicios Informáticos y Tecnológicos de Murcia, S.L., Alberto Grego Martin, José Serrano Madrid, Ámbito Habitual S.L.U., Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Acuerdo:

- Admitir la demanda presentada.

- Requerir a la parte actora para que, en el plazo de 4 días, aporte la carta de despido.

- Averígüese la situación de las empresas a través de la aplicación de la T.G.S.S. para, en el caso de que se encuentren de baja, citarlas a prevención por edictos que se publicarán en el BORM.

- Señalar para el próximo día 20/01/2012 a las 10:45 h. para la celebración del acto de conciliación ante el/la Secretario/a Judicial, y a las 10:50 h. para la celebración, en su caso, del acto de juicio.

- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el/la Secretario/a Judicial en el primer caso y el/la Magistrado/a Juez en el segundo, tener al actor por desistido de su demanda; y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éstos sin necesidad de declarar su rebeldía.

- En cuanto a los medios de prueba requiérase a la parte demandada para que aporte la documental solicitada por la actora en la demanda y cítese al legal representante de “PCMUR Soluciones Informáticas, S.L.” y “Servicios Informáticos y Tecnológicos de Murcia, S.L.” para su confesión judicial, con expreso apercibimiento de que en caso de incomparecencia, se...

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