Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de salud por la que se convoca un concurso de traslados para la provisión de plazas de Enfermero del Servicio Murciano de Salud.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorServicio Murciano de Salud
Rango de LeyResolución
  1. ) El artículo 37.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, prevé que los procedimientos de movilidad voluntaria “se efectuarán con carácter periódico, preferentemente cada dos años, en cada servicio de salud”, y que “se resolverán mediante el sistema de concurso, previa convocatoria pública y de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad”.

  2. ) A su vez, al amparo de los Acuerdos del Consejo de Administración del Servicio Murciano de Salud de 4 de julio de 2008, por los que se aprobaron las ofertas de empleo público ordinaria correspondiente al año 2008 y la destinada a la consolidación de empleo temporal en los términos previstos en la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (BORM de 30.7.2008), fueron convocadas pruebas selectivas de acceso la categoría de Diplomado Sanitario no Especialista, opción Enfermería.

  3. ) Una vez resueltas las citadas pruebas selectivas, el Servicio Murciano de Salud se encuentra interesado en promover un concurso de traslados destinado al personal integrante de la citada categoría/opción, con el objeto de que aquellos que han sido nombrados recientemente como personal estatutario fijo puedan acceder a un puesto de trabajo distinto del que obtuvieron con motivo de su participación en las citadas pruebas selectivas, y de que el personal que ya tenía en el momento de la resolución de tales pruebas la condición de personal estatutario fijo, pueda acceder a alguna de las plazas que han quedado vacantes o se han creado con posterioridad en este organismo.

  4. ) En lo que se refiere al personal que puede participar en la presente convocatoria, se ha de tener en cuenta que la resolución de 30 de diciembre de 2013, de Director Gerente de Servicio Murciano de Salud (BORM de 16-1-2014) ha dispuesto la modificación de la naturaleza de los puestos de trabajo de Enfermero adscritos al Cuerpo Técnico de Diplomados Titulares de Enfermería, que han pasado a tener carácter estatutario.

    Como consecuencia de ello, y una vez que se ha unificado la naturaleza jurídica de las plazas de Enfermero con las que cuenta este organismo, en el presente concurso podrán participar, indistintamente, tanto el personal estatutario fijo perteneciente a la categoría de Enfermero como los funcionarios del Cuerpo Técnico de Diplomados Titulares de Enfermería del Servicio Murciano de Salud.

  5. ) A su vez, como novedad respecto de convocatorias anteriores, se incluye la posibilidad de que los funcionarios del Cuerpo Técnico/ Escala de Diplomados de Salud Pública/ Opción Enfermería adscritos al ámbito de la Mesa Sectorial de negociación de Administración y Servicios puedan participar en el presente concurso, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública (BORM de 30.12.2013), que ha establecido un régimen de reciprocidad, en lo que se refiere a la concurrencia a los procesos de provisión de puestos de trabajo, entre los funcionarios pertenecientes a dicho ámbito y el personal estatutario del Servicio Murciano de Salud.

    No obstante, la participación de estos funcionarios no se extiende a la totalidad de las plazas convocadas, sino tan sólo a las expresamente previstas para ello en el anexo I, cuyo número se ha fijado tras aplicar el 8% y el 3%, respectivamente, a la primera y sucesivas centenas de puestos convocados, y completar al alza, hasta el siguiente número entero, las fracciones resultantes.

    A estos puestos de trabajo podrán optar, de forma indistinta, tanto estos funcionarios como el personal al que se refiere la base específica 3.ª, en sus apartados 1.º y 2.º, por lo que serán asignados a aquellos aspirantes que, con independencia de su vínculo con la Administración, obtengan mayor puntuación con arreglo al baremo establecido al efecto.

  6. ) En aplicación de lo dispuesto en la Orden de 24 de abril de 2009, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se establece el Mapa Sanitario de la Región de Murcia (BORM de 7-5-2009), los puestos de trabajo del equipo de atención primaria de Totana que se convocan, podrán pasar a depender, antes de la resolución del concurso de traslados, del nuevo EAP de Totana/Sur, en cuyo caso, los adjudicatarios de los mismos serán nombrados en este último equipo con el nuevo CIAS que corresponda a dichas plazas.

  7. ) Asimismo, durante el período al que se extienda la resolución del concurso, determinadas plazas de los equipos de atención primaria que se convocan en turno de tarde podrán ser adscritas, si así lo aconsejan las necesidades del servicio, al turno de mañana. En este caso, aquellos que obtengan tales puestos serán nombrados para el desempeño de tales plazas en turno de mañana.

    Por lo expuesto, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 8.1.j) del Decreto 148/2002, de 27 de diciembre, por el que se establece la estructura y funciones de los órganos de participación, administración y gestión del Servicio Murciano de Salud,

    Resuelvo

  8. ) Convocar un concurso de traslados, en el que se incluye turno de resultas, para la provisión de los puestos de trabajo de Enfermero del Servicio Murciano de Salud que se relacionan en el anexo I.

  9. ) El presente concurso se regirá por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el Acuerdo de 27 de enero de 2014 del Consejo de Administración del Servicio Murciano de Salud sobre las bases a las que se ajustará la convocatoria de concursos de traslados del Servicio Murciano de Salud (BORM 7.3.2014), por las siguientes bases específicas y, de forma supletoriamente, por la Orden de 7 de noviembre de 2007, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia (BORM 23.11.2007).

    Bases específicas

    Primera.- Turno ordinario: Puestos de trabajo que se convocan

    1.1.- En este turno, se podrán solicitar los puestos de trabajo correspondientes a los centros que aparecen relacionados en el anexo I de la presente resolución.

    1.2.- A tal efecto, la solicitud de plazas correspondientes a tales centros supone la petición de la totalidad de las vacantes inicialmente convocadas en los mismos, así como las que pudieran quedar vacantes en éstos como consecuencia de la adjudicación, a sus actuales titulares, de alguna de las plazas que se relacionan para este turno en dicho anexo.

    1.3.- Como excepción a dicha regla, tratándose de plazas correspondientes a Equipos de Atención Primaria (EAP) la solicitud de plazas deberá realizarse del siguiente modo:

    1. Indicando el código CIAS de las plazas convocadas a las que se desea acceder.

    2. En...

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