Orden 17 de marzo de 2017, de la Consejería de Agua Agricultura y Medio Ambiente, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interno del Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorServicio Murciano de Salud
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente

2206 Orden 17 de marzo de 2017, de la Consejería de Agua Agricultura y Medio Ambiente, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interno del Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia.

La Orden de 14 de junio de 1999, de la Consejería Agricultura, Agua y Medio Ambiente, por la que se crea el Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia, establece en su artículo 6.2.i) entre las funciones del Consejo, elaborar el proyecto de Reglamento de Régimen Interno y proponerlo, para su ratificación, a la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, así como velar por su cumplimiento una vez aprobado.

La Orden de 26 de febrero de 2016 de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente aprobó el Reglamento de Régimen interno del Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia.

El Consejo de Agricultura Ecológica ha acordado y propuesto a la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente la modificación de su Reglamento de Régimen Interno, aprobado por la referida Orden de 26 de febrero de 2016.

Las modificaciones acordadas se refieren al artículo 45 relativo a la financiación del Consejo que por su complejidad hace aconsejable publicarlo nuevamente.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Producciones y Mercados Agroalimentarios y conforme a las facultades que me atribuyen la Ley 6/2003, de 12 de noviembre, de los Consejos Reguladores en su disposición adicional, y los artículos 38 y 52.1 de la Ley 6/2004 de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia.

Dispongo:

Artículo único El artículo 45 del Reglamento de Régimen Interno del Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia aprobado por Orden de 26 de febrero de 2016 de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente queda redactado como sigue:

artículo 45. Financiación.

1. La financiación necesaria para cumplir las obligaciones del Consejo se efectuará a partir de los siguientes recursos:

0.1. Con el producto de las cuotas ordinarias que se fijan a los operadores con el fin de poder contribuir a los gastos necesarios para el funcionamiento del Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia, a las que se aplican los tipos siguientes:

1.1.1. Cuotas establecidas para los operadores inscritos en el registro de productores

a) Inscripción en los Registros del Consejo:

Una cuota base de...

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