Orden de 28 de febrero de 2017, por la que se establece un periodo de veda temporal para el ejercicio de la pesca de arrastre en aguas interiores de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorServicio Murciano de Salud
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente

1720 Orden de 28 de febrero de 2017, por la que se establece un periodo de veda temporal para el ejercicio de la pesca de arrastre en aguas interiores de la Región de Murcia.

El Reglamento (CE) 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el Mar Mediterráneo, marca como objetivo principal establecer un marco de gestión eficaz para la protección estricta de determinadas especies marinas, así como la conservación de los hábitats naturales y la fauna y flora silvestres.

Por Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre, se aprobó el Plan de Gestión lntegral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con artes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el periodo 2013-2017, con el fin de facilitar la consecución de los objetivos biológicos y de gestión sostenible de estas actividades pesqueras en este caladero.

La Consejería de Agricultura y Agua, haciendo uso de las competencias conferidas por el artículo 5 de la Ley 2/2007, de 12 de marzo, de Pesca Marítima y Acuicultura de la Región de Murcia, y con el fin de garantizar la plena efectividad del citado Plan de Gestión, ha venido adoptando medidas de limitación del esfuerzo pesquero de su flota de arrastre a través del establecimiento de periodos temporales de veda, considerándose oportuno continuar con la adopción de este tipo de medidas durante el presente ejercicio.

El Real Decreto 1.173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera, establece en su capítulo...

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