Convocatoria para la constitución de una lista de espera que permita proveer 23 plazas de Bombero-Conductor del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante nombramiento de funcionarios interinos.

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EmisorConsorcio de Extincion de Incendios y Salvamento de la Region de Murcia

El Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Murcia, por acuerdo de la Comisión Permanente de fecha 29 de mayo de 2013, ha aprobado las convocatoria para la constitución de una lista de espera, que permita proveer 23 plazas de bombero-conductor del Consorcio, mediante nombramiento de funcionarios interinos, de conformidad con las siguientes:

BASES

Primera. Objeto de la convocatoria

Es objeto de esta convocatoria constituir una lista de espera que permita cubrir veintitrés plazas vacantes y dotadas presupuestariamente de bombero-conductor del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento, de la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, categoría bombero-conductor, Grupo C2 y con las retribuciones que figuran en la relación de puestos de trabajo de este Organismo, mediante el nombramiento de funcionarios interinos que se producirá cuando así lo exija la cobertura de necesidades urgentes e inaplazables del servicio.

Dicha cobertura interina se hará de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 23, dos, de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013.

Segunda. Publicación de la convocatoria

La convocatoria se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Tercera. Participación en la convocatoria

A.- Requisitos de los aspirantes.

Para tomar parte en este proceso de selección, los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, regulador del acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

  2. Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de primer grado o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente.

  3. Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

  4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

  5. Estar en posesión del permiso de conducción de las clases C+E y BTP.

    Todos los requisitos establecidos en la presente base deberán poseerse en el día de finalización del correspondiente plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

    Las personas con minusvalía física o psíquica serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, y siempre que acrediten la capacidad suficiente para el desempeño de las funciones propias del puesto, debiendo acreditar dicha condición mediante la oportuna certificación expedida por el Instituto Murciano de Acción Social.

    B.- Solicitudes.

  6. Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo, serán dirigidas al Excmo. Sr. Presidente del Consorcio, en el modelo que se facilitará en la convocatoria, y se presentarán en el Registro General del Consorcio dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

  7. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  8. En la solicitud deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Tercera, letra A, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de la misma.

  9. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

    1. Fotocopia compulsada del D.N.I.

    2. Fotocopia compulsada del permiso de conducción exigido en la convocatoria y que figura en la base tercera, letra A, apartado quinto.

    3. Certificado médico oficial, en el que deberá constar expresamente lo siguiente:

      D. Licenciado, Grado o Doctor en Medicina, acredita que D. no presenta impedimento alguno para realizar todas y cada una de las pruebas físicas que constituyen el segundo ejercicio de las pruebas selectivas de bombero-conductor del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la CARM.

    4. Documento acreditativo de haber ingresado el importe de la Tasa correspondiente, que asciende a 19 euros, en concepto de derechos de examen en la cuenta del Consorcio: 0487 0112 16 2080000050 de Cajamurcia.

      La solicitud y demás documentos se presentarán en días hábiles (excepto sábados) de 9 a 14 horas en el Registro General del Consorcio (Avda. Mariano Rojas, s/n, edificio Expo-Murcia, Murcia), o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

      C.- Admisión de aspirantes.

      Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Presidente en el plazo de un mes, dictará Resolución declarando aprobada provisionalmente la relación de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de los siguientes extremos:

    5. Lugar en que se encuentra expuesta al público la relación completa de aspirantes admitidos y excluidos.

    6. Relación de aspirantes excluidos y causa de su exclusión, en su caso.

    7. Indicación del plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución, para subsanar el defecto que motivara su exclusión u omisión, de conformidad a lo establecido en el artículo 71 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    8. Indicación de que, en el caso de no existir reclamaciones, la mencionada resolución se considerará elevada a definitiva, sin necesidad de nueva publicación y en caso de haberlas, lugar en el que se expondrá la resolución de las mismas.

    9. Composición del Tribunal Calificador, con indicación del lugar y fecha del comienzo de los ejercicios.

      Todo ello se hará público en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en el Tablón de Edictos del Consorcio.

      Los sucesivos actos relacionados con la tramitación de estas pruebas selectivas se publicarán exclusivamente en el Tablón de Edictos del Consorcio.

      Cuarta. Tribunal

      De conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

      El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

      La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

  10. El Tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:

    -Presidente: Un funcionario de igual o superior titulación y/o...

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