Orden resolutoria del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, de fecha, 19 de diciembre de 2001 relativa a la modificación puntual del P. G. O. U. de Molina de Segura para recalificar el suelo ocupado por la antigua factoría de Hernández Contreras, S. A., como residencial, zona verde y equipamiento colectivo. Expte.:...

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Obras Publicas, Vivienda y Transportes
Rango de LeyOrden

Con fecha 19 de diciembre de 2001 el Excmo.

Sr.

Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, ha dictado la siguiente Orden Resolutoria:

Primero.

-Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del P. G. O. U. de Molina de Segura para recalificar el suelo ocupado por la antigua Factoría de Hernández Contreras S. A. como residencial, zona verde y equipamiento colectivo conforme al documento remitido mediante oficio de 31 de octubre de 2001. Segundo.

-Ordenar la publicación de la presente Orden y de la norma ZR-4 «Factoría Hernández Contreras» en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» de conformidad con lo establecido en el artículo 32.4 de la Ley Orgánica 4/ 82, de 9 de Junio, del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, en relación con el artículo 134 del vigente Reglamento de Planeamiento Urbanístico; así como su notificación al Excmo.

Ayuntamiento y a todos los interesados que figuran en el expediente.

Lo que se publica de conformidad con lo previsto en el art.

60 de la Ley 30/ 1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el art.

124.1 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, de 26 de junio de 1992, significándole que la presente Orden Resolutoria pone fin a la vía administrativa y, contra la misma podrá interponerse Recurso Contenciosoadministrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo máximo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.

No obstante, y, sin perjuicio de la formulación de cualquier otro que se estime procedente, podrá interponer ¿previamente al contencioso-administrativoRecurso de Reposición ante el Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el plazo de un mes, computado desde el del día siguiente al de su notificación (o publicación en su caso); no pudiéndose, en este caso, interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que este de reposición sea resuelto expresamente o desestimado presuntamente por el transcurso de un mes desde su interposición sin que se le haya notificado resolución expresa.

De conformidad con lo previsto en la Ley 39/ 94, de 30 de diciembre, por la que se modifica el artículo 70.2 de la Ley 7/ 1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se procede a la publicación...

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