Resolución de 30 de julio de 2012, de la Secretaría General de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Código de Buenas Prácticas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de julio de 2012.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

En fecha 27 de julio de 2012, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, adoptó el Acuerdo por el que se aprueba el Código de Buenas Prácticas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

A fin de favorecer el conocimiento del citado Acuerdo, esta Secretaría General,

Resuelve

Ordenar la publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia” del Código de Buenas Prácticas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de julio de 2012, que se inserta a continuación.

Murcia, a 30 de julio de 2012.—El Secretario General, Miguel Ángel Blanes Pascual.

Código de Buenas Prácticas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Introducción
  1. Buenas prácticas para la reducción de gastos de funcionamiento en los edificios administrativos.

    1.1. Aspectos organizativos en edificios administrativos y despachos.

    1.2. Uso racional de la energía.

    1.3 Control y seguimiento del Fondo Arte de la Administración regional.

  2. Buenas Prácticas para la organización administrativa y los procedimientos administrativos.

    2.1. Recursos de la Administración electrónica.

    2.2. Simplificación y agilización administrativa.

    2.3. Información y Atención Ciudadana.

  3. Buenas Prácticas en métodos de trabajo, normalización y racionalización de la gestión administrativa.

    3.1. Uso racional del papel.

  4. Buenas Prácticas de los Servicios de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información.

    4.1. Telefonía y redes de datos.

    4.2. Telefax.

    4.3. Internet y correo electrónico.

    4.4. Servicios postales.

  5. Buenas Prácticas en la utilización de vehículos oficiales.

    5.1. Vehículos oficiales.

    5.2. Desplazamientos.

  6. Buenas Prácticas para organización de reuniones, cursos, conferencias, eventos, congresos y actos institucionales.

    6.1. Reuniones, cursos, conferencias, eventos, congresos y actos institucionales.

  7. Buenas Prácticas en atenciones protocolarias y representativas.

    7.1. Atenciones protocolarias y representativas.

  8. Buenas Prácticas en la participación y colaboración en órganos colegiados.

    8.1. Participación y colaboración en órganos colegiados.

  9. Buenas Prácticas en la realización de estudios y trabajos técnicos.

    9.1. Estudios y trabajos técnicos.

  10. Buenas prácticas en publicidad y anuncios.

    10.1. Publicidad y anuncios.

  11. Buenas Prácticas en las publicaciones oficiales.

    11.1 Publicaciones Oficiales.

  12. Buenas Prácticas en las políticas de compras. Compras centralizadas.

    12.1 Políticas de compras.

    12.2 Compras centralizadas.

Introducción

Este documento tiene el objetivo general de servir como guía en la aplicación de medidas y acciones que promuevan el ahorro, la atención adecuada a los ciudadanos y ayuden a crear entre los empleados públicos de la Administración regional una cultura de austeridad. Unas prácticas que permitan estandarizar procedimientos, programas y criterios respecto de las partidas que integran la austeridad en el quehacer diario del gasto público del Gobierno de la Región de Murcia. Para su confección se han tenido en consideración las propuestas efectuadas por diferentes unidades administrativas de las direcciones generales de Función Pública y Calidad de los Servicios, y de Patrimonio, Informática y Telecomunicaciones, de la Consejería de Economía y Hacienda; de la Dirección General de Comunicación y del Centro de Documentación e Información de la Consejería de Presidencia.

Con la publicación de este Código se pretende, asimismo, proporcionar a los empleados públicos de las consejerías, organismos autónomos y entidades de derecho público de la Administración de la Región de Murcia, una guía práctica de medidas y acciones aplicadas con éxito que permitan optimizar los recursos financieros, humanos y materiales.

Los principios inspiradores de este Código coinciden en su mayoría con los correspondientes principios éticos y de actuación recogidos en el Proyecto de Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, promovido por el Gobierno de España y en la actualidad en fase de tramitación en las Cortes Generales. En especial en aquellos aspectos que se refieren a la actuación de los empleados públicos con transparencia en la gestión de los asuntos públicos, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia y con el objetivo de satisfacer el interés general. También, con el compromiso de que “gestionarán, protegerán y conservarán adecuadamente los recursos públicos, que no podrán ser utilizados para actividades que no sean las permitidas por la normativa que sea de aplicación”.

Asimismo, supone un compromiso de la Administración regional, como aplicación práctica de la voluntad y la apuesta en la eficiencia en la gestión pública. Un compromiso de la Administración, de los empleados públicos, con los ciudadanos a los que sirven. Compromiso que se hace extensivo con la elaboración compartida del Código por parte de diferentes consejerías y unidades administrativas.

Supone, igualmente, una apuesta por la racionalidad, la austeridad y el buen gobierno. El contexto económico exige de la responsabilidad de todos los actores que intervienen en la gestión pública. Racionalidad, austeridad y buen gobierno de los espacios micros (personas, familias, empresas) a los macros (grandes corporaciones y Administraciones públicas).

Asimismo, el compromiso de una Administración responsable para garantizar los servicios públicos. El ahorro, la eficiencia y el compromiso responsable en la buena gestión son la mejor muestra de garantía de los servicios públicos hacia el ciudadano. Es nuestra parte del esfuerzo en estos momentos. ‘Exigimos a otros, pero nos exigimos a nosotros mismos’.

Además de las prácticas recomendadas en este Código para una mayor eficiencia en el uso de los recursos de que dispone la Administración regional, el presente documento está abierto a todas aquellas iniciativas y sugerencias de los empleados públicos que puedan redundar en unas prácticas administrativas más correctas.

  1. Buenas prácticas para la reducción de gastos de funcionamiento en los edificios administrativos.

    1.1. Aspectos organizativos en edificios administrativos y despachos

    1.1.1. La asignación de despachos se realizará de acuerdo a determinados criterios, como estándares homogéneos de superficies máximas según el rango jerárquico de los puestos, la responsabilidad y, en su caso, las condiciones de especificidad, de forma que se contribuya a la optimización eficiente de los espacios de trabajo. A tal efecto, y antes del 31 de diciembre de 2012, se aprobarán los referidos criterios y estándares por Orden del consejero de Economía y Hacienda, a propuesta conjunta de los directores generales de Patrimonio, Informática y Telecomunicaciones, y de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

    1.1.2. Se organizarán espacios diáfanos, reduciendo la utilización de mamparas y compartimentos en las reformas y/o construcciones que se proyecten.

    1.1.3. En los supuestos en que se disponga de despacho en lugar distinto a la sede oficial de la consejería correspondiente se establecerán mecanismos para el uso compartido de espacios de trabajo.

    1.1.4. Cuando el espacio permanezca desocupado con carácter general más del 40 por ciento de la jornada laboral se procurará no asignar despachos.

    1.1.5. En los inmuebles propiedad del Gobierno de la Región de Murcia se procederá a la redistribución de espacios físicos para que en los mismos se pueda albergar personal y recursos materiales de áreas que se encuentran en inmuebles arrendados.

    1.1.6. Los contratos de arrendamiento de locales destinados a oficinas y despachos públicos se limitarán a los casos imprescindibles. En los supuestos que resulten beneficiosos para la Administración, se arbitrarán las medidas oportunas para el ejercicio de las opciones de compra de los edificios administrativos en arrendamiento.

    1.1.7. En aquellos casos en que sea operativo, se potenciará el teletrabajo, siempre que así se solicite y sea aprobado por el responsable del centro directivo del que dependa, en coordinación con Informática y Telecomunicaciones. Se entenderá el teletrabajo como la modalidad de prestación de servicios de carácter no presencial en virtud de la cual un empleado de la Administración regional puede desarrollar parte de su jornada laboral mediante el uso de medios telemáticos desde su propio domicilio, siempre que las necesidades del servicio lo permitan y en el marco de la política de conciliación de la vida personal y familiar y laboral de los empleados públicos.

    1.1.8. Para adecuar la modalidad de teletrabajo en la Administración de la CARM se realizarán cuantos estudios se consideren necesarios entre las unidades competentes de las direcciones generales de la Función Pública y Calidad de los Servicios – a la hora de analizar las características del puesto de trabajo y el desempeño de las funciones- y la de Patrimonio, Informática y Telecomunicaciones, para resolver los aspectos técnicos de su aplicación.

    1.1.9. En futuras contrataciones se promoverá la implantación de sistemas de vigilancia electrónicos y no presenciales. En todo caso, la seguridad en los edificios administrativos secundarios, fuera del horario ordinario de trabajo, se realizará mediante sistemas estáticos de alarma y video vigilancia conectados a centros de control de la CARM. Igualmente, en los supuestos que sea posible en función de las características de los edificios, se sustituirán los servicios de vigilancia y seguridad de carácter presencial realizado fuera de la jornada laboral por sistemas de video vigilancia remota.

    1.1.10. Los edificios administrativos abrirán a las 7:30 horas y cerrarán a las 16:00 horas, excepto los lunes y miércoles, que lo harán a las 20:30 horas. En el período de verano, del 1 de julio al 30 de septiembre, se comunicarán los horarios de apertura y cierre de manera...

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