Decreto n.º 330/2010, de 29 de diciembre, de concesión directa de una subvención a la Universidad de Murcia, para el desarrollo de programas sobre sensibilización social y comprensión de los fenómenos migratorios en la Región de Murcia para el año 2010.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Los programas con la Universidad de Murcia sobre sensibilización social y comprensión de los fenómenos migratorios se encuadran en “El Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida e Integración de Inmigrantes, así como al Refuerzo Educativo de los mismos”, que se concretan en cada Comunidad Autónoma en un Plan de Acción.

La Conferencia Sectorial de la Inmigración de 25 de marzo de 2010 examinó el Marco de Cooperación para este año y acordó los criterios de distribución de dicho Fondo entre las distintas comunidades autónomas. Por Resolución de 18 de mayo de 2010, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Trabajo e Inmigración (BOE núm. 127, de 25 de mayo de 2010), se ha publicado el Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de mayo de 2010, por el que se formaliza para el 2010 la distribución de 70.000.000 euros, del mencionado Fondo.

El 16 de junio de 2010, el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia acordaron el Plan de Acción 2010 Región de Murcia, que constituye el Anexo 2 del “Protocolo por el que se prorroga para el año 2010 el Convenio de colaboración suscrito el 20 de octubre de 2005 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (MTAS) y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) para el Desarrollo de Actuaciones de Acogida e Integración de Personas Inmigrantes, así como de Refuerzo Educativo”.

El mencionado Plan dedica un apartado a las Instituciones que colaboran con la administración autonómica en el desarrollo de programas de integración. Con ellas se pretende mantener la colaboración con la concesión de ayudas que persigan la complementariedad de las acciones, y la optimización de los recursos disponibles

Los programas con la Universidad de Murcia responden al Eje de Sensibilización, de dicho Plan de Acción, dando cumplimiento concretamente a la Actuación XI a1: “Poner en valor proyectos que promuevan un mayor conocimiento de los fenómenos migratorios y de su contribución al desarrollo social, económico y cultural”.

En consecuencia, existen razones de interés público, social y humanitario que dificultan la convocatoria pública de esta subvención destinada al desarrollo de Programas con la Universidad de Murcia sobre sensibilización social y comprensión de los fenómenos migratorios para el año 2010, haciéndose efectiva por el procedimiento de concesión directa por Orden del Consejero, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

De conformidad con lo establecido en el artículo quinto del Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma nº 17/2010, de 3 de septiembre, de Reorganización de la Administración Regional, corresponde a esta Consejería el desarrollo de las directrices del Gobierno en materia de promoción e integración de los grupos sociales necesitados de especial protección.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Social, Mujer e Inmigración, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de diciembre de 2010

Dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. Este Decreto tiene por objeto regular la concesión directa, mediante orden del Consejero de Política Social, Mujer e Inmigración, de una subvención a la Universidad de Murcia en el ámbito de la Inmigración.

  2. La finalidad de la subvención es el desarrollo de programas sobre sensibilización social y comprensión de los fenómenos migratorios para el año 2010. Con ellos se da respuesta al Eje de Sensibilización, establecido, entre otros, en el Plan de Acción para el 2010, previsto en el “Protocolo por el que se prorroga para el año 2010 el Convenio suscrito en 2005 entre la CARM y el MTAS para el Desarrollo de Actuaciones de Acogida e Integración de Personas Inmigrantes, así como de Refuerzo Educativo”.

Artículo 2 Financiación.

El importe de la subvención será de diecisiete mil novecientos sesenta y dos euros con cincuenta céntimos (17.962,50 €), y se abonará con...

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