Orden de 27 de junio de 2011, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establece el programa de actuación sobre la zona vulnerable a la contaminación por nitratos del Valle del Guadalentín, en el término municipal de Lorca.

BORM, 21 de Julio de 2011I - Comunidad Autónoma › Consejeria de Agricultura y Agua

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Orden de 27 de junio de 2011, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establece el programa de actuación sobre la zona vulnerable a la contaminación por nitratos del Valle del Guadalentín, en el término municipal de Lorca.

La contaminación de las aguas es un fenómeno cada vez más acusado que se manifiesta, entre otros efectos en un aumento de las concentraciones de nitratos en las aguas superficiales y subterráneas, así como en la eutrofización de los embalses, estuarios y aguas litorales. Una de las fuentes difusas que contribuyen a la contaminación de las aguas es la aplicación inadecuada de los fertilizantes nitrogenados en agricultura.

Para paliar este problema surge la Directiva 91/676/CEE, de 12 de diciembre, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos de origen agrícola, que fue transpuesta a nuestra normativa por el Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero.

De acuerdo con dicho Real Decreto y en virtud de las competencias que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se designó como Zona Vulnerable a la contaminación por nitratos de origen agrario, la correspondiente al Valle del Guadalentín, en el término municipal de Lorca, mediante Orden de la Consejería de Agricultura y Agua de 26 de junio de 2009 (BORM n.º 151, de 3 de julio de 2009). Asimismo, con fecha 3 de diciembre del 2003 se dictó la Orden que aprueba el Código de Buenas Practicas Agrarias de la Región de Murcia (B.O.R.M. n.º 286, de 12 de diciembre).

Teniendo en cuenta que el artículo 6 del Real Decreto 261/1996 establece que, una vez determinada la Zona Vulnerable, los órganos competentes de las comunidades autónomas establecerán Programas de Actuación con objeto de prevenir y reducir la contaminación causada por nitratos de origen agrario en dicha zona, procede ahora la aprobación del correspondiente a los acuíferos del Alto Guadalentín, Bajo Guadalentín y Puentes, en el término municipal de Lorca.

En virtud de lo expuesto y en base a las atribuciones que tengo conferidas

Dispongo

Artículo 1.

Se aprueba el Programa de Actuación sobre la Zona Vulnerable a la contaminación por nitratos de origen agrario del Valle del Guadalentín, correspondiente a los acuíferos del Alto Guadalentín, Bajo Guadalentín y Puentes, en el término municipal de Lorca, designada por la Orden de 26 de junio de 2009 de la Consejería de Agricultura y Agua.

Artículo 2.

La duración de dicho Programa será de cuatro años y de obligado cumplimiento para todas las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades agrarias en la Zona declarada como Vulnerable a la contaminación de las aguas por los nitratos procedentes de la actividad agraria. En este sentido, deberán someterse a las inspecciones y controles que procedan.

Artículo 3.

AI objeto de mejorar la eficacia del presente Programa de Actuación, se realizarán programas de vigilancia de la calidad de las aguas utilizadas para riego, mediante el establecimiento de un plan de muestreo en colaboración con la Confederación Hidrográfica del Segura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 del Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero.

Artículo 4

Con la finalidad de conseguir los objetivos del Programa de Actuación se tomarán las siguientes medidas:

1. Incluir en los cursos de incorporación de jóvenes a la empresa agraria así como solicitar a la Consejería competente en materia de educación un modulo específico en los ciclos formativos de la familia profesional agraria sobre la aplicación de las medidas contenidas en el Código de Buenas Practicas Agrarias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en el presente Programa de Actuación.

2. Establecer programas de incentivación para la tecnificación del riego y fertilización.

3. Facilitar el ajustado cálculo de las necesidades de agua de los cultivos adaptándolas a la demanda real del clima, mediante los datos que se publican en prensa, teletexto de televisión, Internet, etc., de evapotranspiración de referencia (ETo) y lluvia de las estaciones de la Red de Información Agroclimática en la Comunidad de Murcia, con la finalidad de realizar un uso más eficiente del agua de riego.

Adicionalmente, la Cons...

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