Decreto número 120/ 2004, de 5 de noviembre, por el que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la propiedad de un solar, sito en Mazarrón, con destino a la construcción de una oficina de empleo.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejeria de Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
El Excmo.
Ayuntamiento de Mazarrón, en sesión plenaria celebrada el 30 de marzo de 2004, adoptó el acuerdo de ceder gratuitamente a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para su adscripción al Servicio Regional de Empleo y Formación, la propiedad de un solar de 226 metros cuadrados, sito en Mazarrón, con destino a la construcción de una oficina de empleo.
Visto el artículo 46.1 de la Ley 3/ 92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, los informes emitidos al respecto, y a propuesta de la Consejera de Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de noviembre de 2004. Dispongo:
Primero.
-Aceptar la cesión gratuita, efectuada por el Excmo.
Ayuntamiento de Mazarrón, de la propiedad del solar cuya descripción es la siguiente:
Una casa, hoy solar, en la calle Lardines, 16, de Mazarrón, de cabida 226 metros cuadrados y cuyos linderos son:
Derecha entrando, otra de don Ginés José Vivancos Francés; izquierda, la de Alfonso Méndez, y espalda la de Andrés Acosta Acosta y calle Farol».
Valor:
Cincuenta y siete mil cuarenta y seis euros (57.046 ).
Inscripción:
Figura en elRegistro de la Propiedad de Mazarrón, tomo 172, libro 32, folio 50, finca número 2.128, inscripción 7.ª La referida finca se encuentra libre de cargas y gravámenes.
Segundo.
-El citado inmueble se acepta con destino a la construcción de una Oficinade Empleo, por lo que el inmueble queda adscrito al Servicio Regional de Empleo y Formación.
La cesión estará sujeta a las siguientes condiciones:
-El solar será dedicado a la construcción de una oficina de empleo.
-El edificio que se construya constará de bajo, primera y segunda planta.
-La Consejería de Trabajo, Consumo y Política Social, Servicio Regional de Empleo y Formación, no podrá cambiar el destino del edificio, ni utilizarlo para usos distintos del expresado.
Tampoco podrá arrendar, traspasar, ni ceder a terceros, ni siquiera a título de precario.
-En caso de que en el plazo de cinco...
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