Decreto número 120/ 2004, de 5 de noviembre, por el que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la propiedad de un solar, sito en Mazarrón, con destino a la construcción de una oficina de empleo.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyDecreto

El Excmo.

Ayuntamiento de Mazarrón, en sesión plenaria celebrada el 30 de marzo de 2004, adoptó el acuerdo de ceder gratuitamente a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para su adscripción al Servicio Regional de Empleo y Formación, la propiedad de un solar de 226 metros cuadrados, sito en Mazarrón, con destino a la construcción de una oficina de empleo.

Visto el artículo 46.1 de la Ley 3/ 92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, los informes emitidos al respecto, y a propuesta de la Consejera de Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de noviembre de 2004. Dispongo:

Primero.

-Aceptar la cesión gratuita, efectuada por el Excmo.

Ayuntamiento de Mazarrón, de la propiedad del solar cuya descripción es la siguiente:

Una casa, hoy solar, en la calle Lardines, 16, de Mazarrón, de cabida 226 metros cuadrados y cuyos linderos son:

Derecha entrando, otra de don Ginés José Vivancos Francés; izquierda, la de Alfonso Méndez, y espalda la de Andrés Acosta Acosta y calle Farol».

Valor:

Cincuenta y siete mil cuarenta y seis euros (57.046 ).

Inscripción:

Figura en elRegistro de la Propiedad de Mazarrón, tomo 172, libro 32, folio 50, finca número 2.128, inscripción 7.ª La referida finca se encuentra libre de cargas y gravámenes.

Segundo.

-El citado inmueble se acepta con destino a la construcción de una Oficinade Empleo, por lo que el inmueble queda adscrito al Servicio Regional de Empleo y Formación.

La cesión estará sujeta a las siguientes condiciones:

-El solar será dedicado a la construcción de una oficina de empleo.

-El edificio que se construya constará de bajo, primera y segunda planta.

-La Consejería de Trabajo, Consumo y Política Social, Servicio Regional de Empleo y Formación, no podrá cambiar el destino del edificio, ni utilizarlo para usos distintos del expresado.

Tampoco podrá arrendar, traspasar, ni ceder a terceros, ni siquiera a título de precario.

-En caso de que en el plazo de cinco...

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