Decreto n.º 81/2013, de 26 de julio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público adicional de plazas reservadas a la escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2013.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en su artículo 70, establece que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la oferta de empleo público.

La Disposición Adicional Segunda de la citada Ley, en su apartado 4, atribuye a las Comunidades Autónomas la convocatoria de la oferta de empleo, con el objetivo de cubrir las vacantes existentes de las plazas correspondientes a los funcionarios con habilitación de carácter estatal, siendo igualmente de su competencia la selección de estos funcionarios conforme a los títulos académicos y los programas de mínimos aprobados por el Ministerio de Administraciones Públicas; la citada disposición, en su apartado 7, establece que tales funcionarios se regirán por los sistemas de acceso aplicables en su correspondiente Comunidad Autónoma, respetando lo establecido en dicha ley. En este sentido, el Decreto Regional 58/2012, de 27 de abril, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios con habilitación de carácter estatal, en su artículo 15 y siguientes, regula la selección de este personal y encomienda dicha función a la Dirección General competente en materia de Función Pública.

Así, dado el número de plazas vacantes reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que en su mayor porcentaje pertenecen a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, y considerando que, de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, a los funcionarios con habilitación de carácter estatal se les encomienda la responsabilidad administrativa de las funciones públicas necesarias en las Corporaciones Locales, como son las de secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo, el control y fiscalización interna de la gestión económica-financiera y presupuestaria, la contabilidad, la tesorería y la recaudación, es preciso proceder con carácter urgente, dada la actual situación...

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