Decreto n.º 118/2011, de 17 de junio, por el que se establece un nuevo plazo de ejecución y justificación de la subvención de concesión directa al Ayuntamiento de Caravaca de La Cruz para la construcción del Centro Multifuncional de la Cultura, Fase II.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de diciembre de 2008, acordó aprobar el Decreto n.º 612/2008, de 29 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz para la construcción del Centro Multifuncional de la Cultura, Fase II, modificado por Decreto 144/2010, de 11 de junio.

Analizada la situación de la obra de construcción del Centro Multifuncional de la Cultura, Fase II, dado el retraso sufrido en la misma y con el fin de adecuar el cuadro de financiación a los objetivos presupuestarios fijados por la Administración Regional, una vez obtenido el consentimiento del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz, es necesario realizar el reajuste económico de la subvención concedida directamente y, por lo tanto, modificar el Decreto 612/2008, de 29 de diciembre.

Por todo ello, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 17 de junio de 2011.

Dispongo

Artículo primero

Se procede al reajuste de anualidades de la subvención concedida mediante el Decreto nº 612/2008, de 29 de diciembre, modificado por el Decreto nº 144/2010, de 29 de diciembre, con arreglo al siguiente cuadro de aportaciones por anualidades y entidades:

2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 TOTAL
CARM 1.000.000,00 1.500.000,00 0,00 500.000,00 1.000.000,00 500.000,00 1.500.000,00 6.000.000,00
AYTO. 0,00 0,00 0,00 0,00 1.190.833,52 900.000,00 900.000,00 2.990.833,52
TOTAL 1.000.000,00 1.500.000,00 0,00 500.000,00 2.190.833,52 1.400.000,00 2.400.000,00 8.990.833,52

Cualquier exceso en los costes de la actividad sobre las previsiones que fundamentan la subvención otorgada serán exclusivamente de cuenta de la entidad beneficiaria. Asimismo, cualquier baja en la adjudicación de las obras, el Ayuntamiento podrá invertirlas en las obras o equipamiento del Centro Multifuncional de la Cultura.

Artículo segundo

Se establece un nuevo régimen de pago y ejecución y justificación en los siguientes términos:

La justificación de la obra se realizará tres meses después de finalizar la misma, estableciéndose como plazo máximo para la ejecución del total de la inversión subvencionada hasta el 31 de diciembre de 2014. Asimismo, el...

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