Orden de 4 de agosto de 2014 de la Consejería de Agricultura y Agua por la que se modifica la composición del Consejo Regulador de la D.O. Pimentón de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Agricultura y Agua
Rango de LeyOrden

El control de la Denominación de Origen “Pimentón de Murcia” está actualmente atribuido por la Consejería de Agricultura y Agua a un Consejo Regulador, órgano colegiado cuyos miembros se establece sean elegidos democráticamente, conforme dispone la Orden de 20 de abril de 2001, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente por la que se crea el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Pimentón de Murcia.

Tal y como recoge su exposición de motivos, la composición del Consejo Regulador respondió a una coyuntura en la que se entendió “conveniente asegurar el equilibrio inicial de representatividad de los sectores implicados”. Sin embargo, el respeto al status quo hasta entonces existente no empece el hecho de que tal representatividad esté descompensada, con un exceso de representatividad de titulares de parcelas y cooperativas sobre los demás operadores, para quienes se reservan siete de las diez vocalías existentes, respectivamente cinco y dos, amén de la doble representatividad nominal que se otorga a las cooperativas que se dediquen a la comercialización, que por ser industrias de tal actividad, tienen igualmente acceso a las tres vocalías restantes.

La presente modificación es una respuesta a la necesidad de garantizar una representatividad equitativa en el Consejo Regulador, asignando cinco vocalías a los operadores del sector de cáscara y las otras cinco a los operadores del sector del pimentón como producto final, sin distinciones sobre forma jurídica o cantidad de producción.

El artículo 1 de la Ley 3/2004, de 27 de mayo, que modifica la Disposición Adicional de la Ley 6/2003, de 12 de noviembre, faculta al Consejero de Agricultura, Agua y Medio Ambiente para realizar las adaptaciones necesarias a la normativa vigente y para la creación, previa comunicación a la Asamblea Regional, de los futuros consejos y de los órganos de gestión, así como para la aprobación de sus reglamentos.

En...

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