Orden de 5 de mayo de 2014, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se modifica la Orden de 30 de marzo de 1995, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establece un programa de erradicación de tuberculosis caprina en la Región de Murcia.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejeria de Agricultura y Agua |
Rango de Ley | Orden |
Mediante la Orden de 30 de marzo de 1995, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, se establece un Programa de Erradicación de Tuberculosis Caprina en la Región de Murcia (BORM n.º 85, de 11 de abril de 1995).
Dicha Orden fue objeto de modificación mediante las Órdenes de 1 de julio de 2005 y de 21 de mayo de 2008, a los efectos de actualizar el baremo previsto para las indemnizaciones a fin de ajustarlas al valor real de los animales.
Considerando que el Programa de Erradicación de Tuberculosis Caprina que se viene aplicando en la Región desde el año 1995, ha tenido en los últimos años notables y manifiestos avances en la eliminación de esta enfermedad, resulta necesario adaptarlo a las circunstancias actuales, mediante la inclusión de nuevas medidas de control que deberán adoptarse en las explotaciones en las que se encuentren animales positivos, procediendo, por tanto, la modificación de la Orden.
Asimismo, ha de tenerse en cuenta que los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio deben evitar en todo momento que se produzcan sobrecompensaciones. Deben estar ligeramente por debajo de los precios de mercado, con el fin de que los ganaderos asuman, como forma de corresponsabilidad, al menos, una parte de los costes, tanto de la lucha contra las enfermedades, como del valor de la calidad genética, de la conformación o de las diferencias en cuanto al sexo o raza, todo ello en seguimiento de las directrices de la Nueva Estrategia de Sanidad Animal de la Unión Europea. Por tanto, de igual forma, se considera necesaria la modificación de dicho baremo.
En consecuencia y conforme a las facultades que me atribuye la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Dispongo:
Uno. Se da nueva redacción al artículo Sexto, que queda del siguiente modo:
En explotaciones diagnosticadas con resultado positivo a...
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