Orden de 17 de diciembre de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las bases y se convoca una beca en materia de economía aplicada a la estadística, en la Dirección General de Economía y Planificación.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

En el borrador de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2011, ha sido prevista dotación para la concesión de una beca en materia de Economía aplicada a la Estadística, en la Dirección General de Economía y Planificación.

La concesión de esta beca queda sujeta al régimen de subvenciones y ayudas públicas previsto en la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, y la Ley Regional 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por lo que la misma deberá producirse con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad y no discriminación, así como eficacia en el cumplimiento de los objetivos que se establezcan y eficiencia en la asignación de recursos públicos.

Al objeto de efectuar la asignación de los referidos créditos en las condiciones de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos que se establezcan y eficiencia en la asignación de los recursos establecidos en el artículo 4 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se hace necesario establecer las bases reguladoras para su solicitud y concesión.

Con el objeto de establecer las bases por las que se regirá el otorgamiento de la beca, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo I del Título I de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a propuesta de la Dirección General de Economía y Planificación, y en uso de las facultades que me otorgan los artículos 13.1 y 17.2 de la citada Ley 7/2005, de 18 de noviembre.

Dispongo

Artículo 1 º- Aprobación de las bases reguladoras y de la convocatoria de la beca.

Según lo previsto artículos 13 y 17 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de una beca en materia de Economía aplicada a la Estadística en la Dirección General de Economía y Planificación, cuyo objeto es el análisis económico de los datos estadísticos, mantenimiento de bases de datos y su difusión de estos análisis.

Artículo 2 º- Duración

La duración de esta beca se extenderá desde la fecha que se indique en la Orden de concesión de la misma hasta el 31 de diciembre de 2011.

Artículo 3 º- Requisitos de los solicitantes.
  1. Los aspirantes a la beca deberán estar en posesión del título de Diplomado y/o Licenciado en Economía, Estadística o Matemáticas y reunir los siguientes requisitos:

    1. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las mismas estén suspendidas o garantizadas.

    2. No percibir ingresos por actividad retribuida incompatible con la ejecución de la beca o renunciar a ellos en caso de obtener la beca. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación de una Declaración Responsable.

  2. La acreditación de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social se realizará mediante los certificados expedidos por los órganos competentes. A los efectos del artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud de la beca conllevará la autorización del solicitante para que la Dirección General de Economía y Planificación obtenga de forma directa la acreditación de tales circunstancias a través de certificados telemáticos. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento debiendo aportar entonces los certificados que los acrediten.

  3. No podrán obtener la condición de becario las personas en quienes concurra alguna de las circunstan¬cias establecidas en el artículo 13.2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. 18-11-2003). La justificación de no estar incurso en dichas circunstancias se realizará mediante la declaración responsable del interesado otorgada ante autoridad administrativa, conforme al modelo que consta en el Anexo II de esta Orden, o ante notario público.

Artículo 4 º- Solicitudes y plazo de presentación.

Los interesados en concurrir a esta convocatoria, deberán presentar su solicitud de acuerdo al modelo de instancia que figura en el Anexo I, dirigida a la Excma. Sra. Consejera de Economía y Hacienda, en el Registro General de la Consejería (Avda Teniente Flomesta s/n, Murcia, C.P. 30071), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. En el escrito de solicitud deberá mencionarse la Orden de la convocatoria.

Artículo 5 º- Documentación.
  1. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

    1. Fotocopia compulsada del D.N.I, Pasaporte o tarjeta de residente en vigor, cuando no sean españoles.

    2. Certificación académica personal o fotocopia compulsada de la misma.

    3. Declaración Jurada de no desarrollar actividad retribuida incompatible con la ejecución de la beca.

    4. “Curriculum vitae” del solicitante.

    5. Original o fotocopia compulsada de la documentación justificativa de los méritos alegados.

    6. Declaración Responsable de no concurrir ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y...

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