Decreto n.º 146/2011, de 8 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Sanidad y Política Social.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Los Decretos del Presidente de la Comunidad Autónoma número 12/2011, de 27 de junio, de Reorganización de la Administración Regional, y número 24/2011, de 28 de junio de 2011, por el que se establecen el orden de prelación de las Consejerías de la Administración Regional y sus competencias, modificaron el número, la denominación y las competencias de las distintas Consejerías, efectuando una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional, debiéndose establecer los Órganos Directivos de las nuevas Consejerías mediante los correspondientes Decretos del Consejo de Gobierno.

En consecuencia, resulta procedente establecer los Órganos Directivos de esta Consejería con el fin de facilitar el desarrollo de los cometidos y competencias que le han sido atribuidas.

En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Sanidad y Política Social y a propuesta del Consejero de Presidencia, por delegación del Presidente, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto n.º 27/2011, de 28 de junio, y de conformidad con lo previsto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Publica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 8 de julio de 2011.

Dispongo

Artículo 1

La Consejería de Sanidad y Política Social es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de sanidad, higiene, ordenación farmacéutica, drogodependencias, ejecución en materia de productos farmacéuticos y de gestión de la asistencia sanitaria que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tenga legalmente atribuidas.

Asimismo ejercerá las competencias en materia de asistencia y bienestar social; desarrollo comunitario; promoción y protección de la familia; políticas de la mujer, excepto la relativa a violencia de género; políticas infantil y de la tercera edad; instituciones de protección de menores; promoción e integración de los inmigrantes, emigrantes, discapacitados y demás grupos sociales necesitados de especial protección, incluida la creación de centros de protección; promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, así como la cooperación al desarrollo y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Artículo 2

Para el desarrollo de las competencias que le corresponden, la Consejería de Sanidad y Política Social, bajo la superior autoridad de su titular, se estructura en los siguientes Órganos Directivos:

  1. Secretaría General.

    - Vicesecretaría.

  2. Dirección General de Salud Pública.

  3. Dirección General de Planificación, Ordenación Sanitaria y Farmacéutica e Investigación.

    - Subdirección General de Calidad Asistencial

  4. Dirección General de Atención al Ciudadano y Drogodependencias.

    - Subdirección General de Atención al Ciudadano e Inspección Sanitaria.

    - Unidad de Coordinación Técnica de Drogodependencias, cuyo titular tendrá rango de Subdirector General.

  5. Dirección General de Asuntos Sociales, Igualdad e Inmigración.

  6. Oficina para la Dependencia, con rango de Dirección General.

    En caso de vacante...

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