Orden de 27 de enero de 2011 del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio por la que se aprueba el Plan Interior de contingencia por contaminación marina Accidental Puerto Deportivo del Club Náutico de Águilas. (PMUR03).
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio |
Rango de Ley | Orden |
Orden Resolutoria
Visto el expediente PCP 23 / 2009 (PMUR 03) relativo a la aprobación del “Plan Interior de Contingencias por Contaminación Marina Accidental del Puerto Deportivo de Águilas”, y en base a los siguientes
Antecedentes
Primero: En fecha 24 de julio de 2006, el Club Náutico de Águilas ha presentado para su aprobación ante la Dirección General de Transportes y Puertos el “Plan Interior de Contingencias por Contaminación Marina Accidental del Puerto Deportivo de Águilas”, redactado en julio de 2006.
Segundo: En fecha 2 de noviembre de 2009 se remite el referido plan a Capitanía Marítima, al objeto de que se emita informe al respecto.
Tercero: El 16 de noviembre de 2009 tiene entrada en la entonces Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes informe favorable de Capitanía Marítima en Cartagena, del Ministerio de Fomento, si bien se hacen una serie de observaciones.
Cuarto: En fecha 1 de febrero de 2010 se emite informe por los servicios técnicos de la Dirección General de Transportes y Puertos.
Quinto: En fecha 15 de diciembre de 2010 se notifica requerimiento a la consultora C&C Medio Ambiente, para la inclusión y subsanación de los puntos detectados del Plan objeto del presente procedimiento e indicados en los informes de Capitanía Marítima, de fecha 16/11/2009, como el informe de los servicios técnicos de esta Dirección General, de fecha 01/02/2010.
Sexto: En fecha 22 de noviembre de 2010 tiene entrada en esta Consejería escrito de la consultora C&C Medio Ambiente, acompañado de documento con las subsanaciones de dicho Plan.
Séptimo: En fecha 14 de enero de 2011 se emite informe por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Transportes y Puertos.
Octavo: Se emite Informe Jurídico en fecha 26 de enero de 2011 por los Servicios Jurídicos de Secretaría General de esta Consejería.
A estos Antecedentes son de aplicación las siguientes:
Fundamentaciones
Primera.- El Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio es el órgano competente para la aprobación definitiva del Plan Interior de Contingencias objeto del presente procedimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en relación con el Decreto 2/82, de 9 de agosto, sobre atribución de competencias, medios y recursos de la Diputación Provincial de Murcia a la CARM y el artículo 3 del Real Decreto 253/2004, de 13 de febrero, por el que se establecen medidas de prevención y lucha contra la contaminación, en las operaciones de carga, descarga y manipulación de hidrocarburos en el ámbito marítimo y portuario.
Segunda: El informe emitido por Capitanía Marítima, con entrada en registro el 16 de noviembre de 2009, indica entre otros:
El Plan debe ser aprobado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previo informe de esta Capitanía Marítima y se ha elaborado con un lenguaje claro y siguiendo escrupulosamente las directrices para su elaboración que se recogen tanto en la Orden Comunicada del Ministerio de Fomento del año 2001, como en el Anexo I del Real Decreto 253/2004.
El Plan tiene informe...
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