Convenio de colaboracion entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de las Consejerías de Sanidad y Consumo y de Universidades, Empresa e Investigación, el Servicio Murciano de Salud, la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia y las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena para asociarse como Instituto Murciano de Investigación Biosanitaria (IMIB).

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Sanidad y Consumo

Visto el Convenio específico de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de las Consejerías de Sanidad y Consumo y de Universidades, Empresa e Innovación, el Servicio Murciano de Salud, la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia y las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena para asociarse como Instituto Murciano de Investigación Biosanitaria (IMIB)

Resuelvo

Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el texto de la Convenio específico de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de las Consejerías de Sanidad y Consumo y de Universidades, Empresa e Innovación, el Servicio Murciano de Salud, la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia y las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena para asociarse como Instituto Murciano de Investigación Biosanitaria (IMIB)

Murcia, 13 de abril de 2011.—El Secretario General, José Luis Gil Nicolás.

Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de las Consejerías de Sanidad y Consumo y de Universidades, Empresa e Investigación, el Servicio Murciano de Salud, la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia y las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena para asociarse como Instituto Murciano de Investigación Biosanitaria (IMIB).

En Murcia, 9 de febrero de 2011.

Reunidos

La Excma. Sra. D.ª María de los Ángeles Palacios Sánchez, actuando como Consejera de Sanidad y Consumo, como Presidenta del Consejo de Administración del Servicio Murciano de Salud, y como Presidenta del Patronato de la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia, autorizada para este acto por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 28 de enero de 2011.

El Excmo. Sr. D. Salvador Marín Hernández, Consejero de Universidades, Empresa e Investigación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previa la autorización del Consejo de Gobierno antes mencionada.

El Excmo. Sr. D. José Antonio Cobacho Gómez, Rector Magnífico de la Universidad de Murcia, actuando en nombre y representación de esta Institución de acuerdo con las facultades que tiene atribuidas en sus Estatutos.

El Excmo. Sr. D. Félix Faura Mateu, Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Cartagena, actuando en nombre y representación de esta Institución de acuerdo con las facultades que tiene atribuidas en sus Estatutos.

Reconociéndose las partes capacidad suficiente y poder bastante para este acto,

Exponen

- Que la investigación biosanitaria se configura como un ámbito de investigación donde la Región de Murcia muestra evidentes fortalezas, constituyendo parte relevante de la investigación que se lleva a cabo en nuestra Comunidad Autónoma y con implicación de un número significativo de profesionales.

- Que la investigación biosanitaria debe tener un marcado carácter aplicado, siendo conveniente aglutinar los esfuerzos realizados por investigadores básicos y clínicos, incluso procedentes de entornos no sanitarios.

- Como consecuencia de lo anterior, el 28 de diciembre de 2009, las Consejerías de Sanidad y Consumo, de Universidades, Empresa e Investigación, el Servicio Murciano de Salud y las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, suscribieron un protocolo de intenciones para la creación del Instituto Murciano de Investigación Biosanitaria, protocolo que fue publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia con fecha 25 de marzo de 2010

- La creación del Instituto de Investigación Biosanitaria de la Región de Murcia se constituye al amparo de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del sistema nacional de salud, que propicia la configuración de Institutos de investigación sanitaria mediante la asociación de centros de investigación, que serán acreditados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, a propuesta del Instituto Carlos III o de las Comunidades Autónomas, por el procedimiento que se establezca reglamentariamente.

- El Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, establece para el Instituto Carlos III el carácter de órgano de acreditación de las instituciones de investigación en el ámbito sanitario. Por otra parte, el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica en el área de la Biomedicina promueve la creación de Institutos de Investigación Biomédica, con la participación de diferentes centros de investigación.

- Por Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, se establece el procedimiento de acreditación de los institutos de investigación sanitaria, fijándose los fines y requisitos.

- En el ámbito de la Región de Murcia, el Plan Regional de Ciencia y Tecnología 2007-2010, en su eje de actuación 3 “Murcia Investiga”, en su Programa 3.3 “Infraestructuras de investigación”, se establece como acción prioritaria la creación del Instituto Murciano de Investigación Biosanitaria (IMIB) como una superestructura de gestión y coordinación de la investigación biosanitarias de excelencia, capaz de integrar la investigación básica, epidemiológica, trasnacional y clínica con el sector productivo. Igualmente, se contempla esta actuación en el Plan estratégico de Desarrollo de la Región de Murcia 2007-2013, como centro público gestor de la investigación excelente en Biomedicina y Ciencias de la salud, así como en el campus de excelencia “Mare Nostrum”.

Por cuanto se expone en los apartados precedentes, las partes acuerdan la suscripción del presente convenio específico, con arreglo a las siguientes

Clausulas

Primera.- Las Consejerías de Sanidad y Consumo y de Universidades, Empresa e Investigación, el Servicio Murciano de Salud, la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia y las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, previa la autorización de sus respectivos órganos competentes, se asocian en virtud del presente convenio como Instituto Murciano de Investigación Biosanitaria (en adelante IMIB), a los efectos de promover su acreditación por las autoridades competentes conforme al Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de institutos de investigación sanitaria.

El IMIB carece de personalidad jurídica propia, por lo que los actos jurídicos necesarios para la consecución de sus fines serán adoptados por la Fundación para Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia, que se designa en este convenio como órgano de gestión del Instituto, sin perjuicio de las competencias de cada una de las instituciones que se asocian.

Segunda.- El Hospital Universitario Virgen de la Arrixaca se configura como núcleo básico de investigación del Instituto de Investigación Biosanitaria.

Tercera.- Serán objetivos del Instituto de Investigación Biosanitaria:

  1. Potenciar la investigación básica y clínica en Biomedicina, aprovechando al máximo los recursos humanos y materiales que puedan proporcionar las Instituciones firmantes, fomentando de igual modo la colaboración y coordinación entre las mismas.

  2. Desarrollar y coordinar los servicios generales para un mejor aprovechamiento de los recursos de investigación existentes y aquellos otros que puedan lograrse tras la aplicación del presente convenio.

  3. Fomentar las relaciones entre grupos de investigación pertenecientes a las instituciones firmantes y a otros centros asociados en el ámbito biosanitario, en particular los de las facultades y escuelas de las universidades públicas y los hospitales universitarios.

Cuarta.- El IMIB se regirá por los estatutos que se recogen en el anexo I de este convenio. Los órganos de dirección desarrollarán, de acuerdo con dichos estatutos, el Reglamento de Funcionamiento para el mejor cumplimiento de los fines del IMIB.

Quinta.- Las instituciones que suscriben el convenio aportan inicialmente al IMIB los recursos que se especifican en anexo II al presente Convenio.

El órgano de gestión mantendrá actualizado y en soporte informático un registro de dichos recursos junto con sus características, funcionalidades y requisitos de uso y acceso.

La aportación de recursos se realizará con carácter funcional independientemente de su titularidad, a través del órgano de gestión. Las altas, bajas y modificaciones de recursos aportados se comunicarán al órgano de gestión a los efectos de su inclusión en el registro citado anteriormente.

El material inventariable adquirido con cargo a proyectos o programas de investigación revertirá a la institución que corresponda, según el origen de los fondos utilizados en la adquisición o la ubicación del grupo de investigación solicitante, en caso de disolución del IMIB.

Sexta.- El órgano de gestión pondrá a disposición del IMIB una estructura administrativa básica que dará soporte al funcionamiento y actividades del Instituto, independientemente de la existencia de las correspondientes estructuras administrativas para la gestión de los recursos de titularidad de las distintas instituciones.

Para el completo desarrollo de las actividades del IMIB, el órgano de gestión detraerá un porcentaje del importe de los proyectos, programas y contratos de investigación con entidades públicas o privadas gestionados a través del Instituto. Este porcentaje se acordará previamente a la tramitación del proyecto, contrato o programa, con la institución o instituciones a las que esté adscrito el grupo o grupos de investigación solicitantes.

En el marco de los Institutos de Investigación Biosanitaria y a través del órgano de gestión, el IMIB podrá acceder a cuantas subvenciones y ayudas le esté permitido con objeto de garantizar la adecuada financiación de sus actividades.

Séptima.- El personal investigador adscrito funcionalmente al IMIB continuará percibiendo sus retribuciones con cargo a la Institución a la que pertenezca, manteniendo respecto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR