Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, con la entidad local de Lorca para la difusión e implantación del sistema de información de usuarios de servicios sociales (SIUSS) y su aplicación informática en la entidad local de Lorca así como la regulación del tratamiento de los datos contenidos en el fichero SIUSS.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

6273 Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, con la entidad local de Lorca para la difusión e implantación del sistema de información de usuarios de servicios sociales (SIUSS) y su aplicación informática en la entidad local de Lorca así como la regulación del tratamiento de los datos contenidos en el fichero SIUSS.

Resolución:

Visto el “Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, con la entidad local de Lorca para la difusión e implantación del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS) y su aplicación informática en la entidad local de Lorca así como la regulación del tratamiento de los datos contenidos en el fichero SIUSS”, y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los Convenios en el ámbito de la Administración Regional,

Resuelvo:

Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el texto de “Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, con la entidad local de Lorca para la difusión e implantación del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS) y su aplicación informática en la entidad local de Lorca así como la regulación del tratamiento de los datos contenidos en el fichero SIUSS”, suscrito por la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades en fecha 3 de julio de 2018.

Murcia, 4 de octub??re de 2018.—El Secretario General, Manuel Marcos Sánchez Cervantes.

Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, con la entidad local de Lorca para la difusión e implantación del sistema de información de usuarios de servicios sociales (SIUSS) y su aplicación informática en la entidad local de Lorca así como la regulación del tratamiento de los datos contenidos en el fichero SIUSS

En Murcia, 3 de julio de 2018.

Reunidos

De una parte, D.ª Violante Tomás Olivares, Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, nombrada mediante Decreto de la Presidencia n.º 20/2017, de 4 de mayo, actuando en representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, al haber sido designada para la suscripción del presente convenio autorizado por el Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de fecha 28 de diciembre de 2017, a propuesta conjunta de los titulares de la citada Consejería y de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, en virtud de las competencias atribuidas a los Consejeros por el artículo 16.2 ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

De otra, D. Fulgencio Gil Jódar, Alcalde-Presidente en representación de dicha entidad, con CIF P3002400D facultado para suscribir el presente Convenio por Junta de Gobierno Local de fecha 23 de febrero de 2018, asistido por Dña. María de las Mercedes Gómez García Directora de la Oficina del Gobierno Local, como fedataria para la formalización del presente convenio, de conformidad con lo dispuesto por el art. 3.2.i del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Manifiestan

Primero.- Competencia de la Comunidad Autónoma.

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, tiene competencia exclusiva en materia de asistencia y bienestar social, en virtud del artículo 10, apartado uno, número 18, del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia.

A la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, a través de la Dirección General Familia y Políticas Sociales le corresponden las competencias relativas al impulso, promoción y coordinación de la atención primaria de servicios sociales y la dirección en la elaboración de planes, programas y proyectos generales en materia de servicios sociales, según el artículo 4 del Decreto 74/2017, de 17 de mayo, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Dirección General de Informática, Patrimonio y Telecomunicaciones ejerce las competencias en materia de sistemas de información y comunicaciones corporativas incluida la planificación informática y la coordinación de redes corporativas; comunicación audiovisual, sociedad de la información, infraestructuras y servicios de telecomunicaciones, Sociedad del conocimiento, infraestructuras informáticas; sistemas de información; aplicaciones informáticas; atención al usuario; y seguridad informática. Asimismo, ejercerá la coordinación de todas las unidades informáticas de organismos públicos y demás entes de derecho público, según el artículo 6 del Decreto n.º 68/2017, de 17 de mayo, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.

Segundo.- Competencia de la Entidad Local.

Las Entidades Locales en su ámbito territorial, sin perjuicio de lo previsto en la legislación de régimen local y en coordinación con la planificación general establecida por el Consejo de Gobierno, podrán ejercer la competencia de creación y gestión de servicios sociales de atención primaria, en virtud del artículo 24 a) de la Ley 3 /2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia.

Tercero.- Antecedentes y fundamento del Convenio.

El fundamento de este Convenio deriva del Convenio de Cooperación suscrito entre el Ministerio de...

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