Decreto de Consejo de Gobierno n.º 22/2014, de 14 de abril, por el que se crea la Comisión Delegada del Consejo de Gobierno para la Creación de Empleo.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Mediante Decreto del Presidente n.º 4/2014, de 10 de abril, se ha procedido a la reorganización de la Administración Pública Regional, estableciendo la denominación, número y competencias de las distintas Consejerías.

La creación de empleo es uno de los cometidos prioritarios del gobierno regional. Una materia en la que el Consejo de Gobierno centrará todos sus esfuerzos, en sintonía con la principal demanda de la sociedad con el fin de ser capaces de crear las condiciones adecuadas para que se genere actividad económica en nuestra Región y como consecuencia de ello se genere empleo estable y de calidad. Para ello, se prestará especial atención al empleo joven y a los colectivos con mayores dificultades: mayores de 45 años parados de larga duración, discapacitados y personas que se encuentren en riesgo de exclusión social.

Esta actuación debe ser llevada a cabo de forma coordinada entre los distintos departamentos del ejecutivo regional que puedan tener incidencia de forma más intensa en el mercado de trabajo, siendo precisa la nueva configuración de un órgano sustantivo que oriente e informe en todos aquellos casos en los que, cualquiera que fuera la medida, pueda desprenderse de la misma un efecto en el ámbito del empleo.

Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.14 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, en relación con el artículo 30 de la misma Ley, a propuesta de la Presidencia de la Comunidad Autónoma y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 14 de abril de 2014,

Dispongo:

Artículo 1 Creación.

Se crea, con carácter permanente, la Comisión Delegada del Consejo de Gobierno para la creación de empleo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia.

Artículo 2 Composición.
  1. Integran la Comisión Delegada, como miembros permanentes, el Presidente del Consejo de Gobierno y los titulares de las siguientes Consejerías:

    - Consejería de Presidencia y Empleo

    - Consejería de Economía y Hacienda

    - Consejería de Educación, Cultura y Universidades

    - Consejería de Industria, Turismo, Empresa e Innovación

  2. A la Comisión...

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