Decreto n.º 19/2016, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2016.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Disposiciones Generales

Consejo de Gobierno

2507 Decreto n.º 19/2016, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2016.

La disposición adicional decimonovena de la Ley 1/2016, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2016, señala que durante el referido ejercicio la elaboración de la oferta de empleo público tendrá en cuenta, en todo caso, los términos establecidos en la normativa estatal básica y se aprobará previa negociación con las organizaciones sindicales en la Mesa General de Negociación de las Condiciones de Trabajo Comunes al personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, establece que a lo largo del presente año únicamente se podrá proceder en el Sector Público a la incorporación de nuevo personal dentro de los límites y requisitos establecidos en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 20.Uno, con respeto de las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, y permite la incorporación de nuevo personal mediante la convocatoria de plazas incursas en los procesos de consolidación de empleo previstos en la disposición transitoria cuarta del texto refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, (en adelante EBEP), respetando, en todo caso, el porcentaje relativo a la tasa de reposición de efectivos.

Así los sectores y administraciones contemplados en el artículo 20.Uno.2 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, tendrán una tasa de reposición de hasta un máximo del 100 por ciento, mientras que el resto de sectores tendrá una tasa de reposición, conforme a lo establecido en el artículo 20.Uno.3 de la citada ley, de hasta un máximo del 50 por ciento.

De la aplicación del artículo 20.Uno de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 al ámbito de la Mesa de Administración y Servicios, y conforme a la formula de cálculo de la tasa de reposición establecida en el apartado 4 del mencionado precepto, resulta un total de 123 plazas que son objeto de reposición y que se ofertan mediante el presente decreto.

Las plazas ofertadas incluyen por una parte, conforme al Acuerdo de 22 de febrero de 2016 de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios sobre Oferta de Empleo Público Regional para 2016 y 2017, ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2016: 112 plazas de naturaleza estructural y que reúnen los requisitos establecidos para ser convocadas mediante el proceso de consolidación de empleo temporal contemplado en la disposición transitoria cuarta del EBEP; y por otra parte, se ofertan 11 plazas vacantes dotadas cuya cobertura mediante los procedimientos de acceso a la Función Pública se considera necesaria en el presente ejercicio presupuestario.

Asimismo, se ha fijado el cupo de reserva del 7 por ciento para personas con discapacidad, incluidas las plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual.

El artículo 70 del EBEP indica que la Oferta de empleo público para incorporación de nuevo personal, que se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las...

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