Decreto n.º 192/2017, de 28 de junio, por el que se aprueban las bases del Plan de Financiación Plurianual para las Universidades Públicas de la Región de Murcia para el periodo 2016-2020.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Salud
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

4739 Decreto n.º 192/2017, de 28 de junio, por el que se aprueban las bases del Plan de Financiación Plurianual para las Universidades Públicas de la Región de Murcia para el periodo 2016-2020.

El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia en su artículo 16 atribuye a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, dispone en su artículo 2.5 que corresponde a cada Comunidad Autónoma las tareas de coordinación de las Universidades de su competencia, sin perjuicio de las funciones atribuidas al Consejo de Coordinación Universitaria. La misma Ley Orgánica establece en su artículo 79 la autonomía económica y financiera de las universidades y, a tal efecto, se garantizará que dispongan de los recursos necesarios para un funcionamiento básico de calidad. Igualmente, en su artículo 81 se determina que en el marco de lo establecido por las Comunidades Autónomas, las universidades podrán elaborar programaciones plurianuales que pueden conducir a la aprobación, por las Comunidades Autónomas, de convenios y contratos-Programa, que incluirán sus objetivos, financiación y evaluación del cumplimiento de los mismos.

Por su parte, la Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia, regula en su Título V el Régimen presupuestario, patrimonial y de su financiación de las universidades públicas de la Región de Murcia, señalándose en su artículo 55 que estas universidades dispondrán de los recursos necesarios para el ejercicio de sus funciones y estarán sometidas a los principios de eficiencia, equidad, autonomía, transparencia y coordinación.

La citada Ley regional establece en su artículo 58 la arquitectura del modelo de financiación de las universidades públicas, distinguiendo entre tres tipos de financiación; básica, para funcionamiento general, incluidos gastos de personal; complementaria, ligada al cumplimento de objetivos, que se instrumentaliza mediante un Contrato-Programa y de inversiones, destinada a la mejora de infraestructuras y equipamientos universitarios.

En cumplimiento de estos preceptos legales, desde el año 2002, hasta el año 2011, se han suscrito dos planes de financiación plurianuales con las universidades públicas de la Región de Murcia, 2002-2006 y 2007-2011, con excelentes resultados. La crisis económica y los ajustes derivados de las normas de estabilidad presupuestaria y control del déficit público, hicieron que no se pudiera suscribir el siguiente plan de financiación plurianual, al no existir garantías para su cumplimiento; no obstante se han venido negociando anualmente con las universidades la financiación de cada año, conforme a la disponibilidad presupuestaria de la Comunidad Autónoma.

La eficiencia en la gestión por parte de los equipos de Gobierno de las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena y el incremento continuado de financiación en los años anteriores, amparado en los Acuerdos de Financiación Plurianual, han hecho que las universidades públicas de la Región, en un contexto de crisis, hayan podido ejercer sus funciones, sin menoscabo apreciable de su calidad docente e investigadora, si bien con ciertas limitaciones, no exentas de dificultades. No obstante, las universidades precisan de financiación adecuada para hacer frente a los retos que la sociedad del conocimiento requiere, por lo que resulta necesario determinar la financiación plurianual, que permita conocer a las Universidades y a la propia Administración su escenario presupuestario anual, lo que incrementará la certidumbre y la estabilidad y permitirá a las universidades realizar con tranquilidad su programación a corto y medio plazo y a la Administración Regional, disponer de las previsiones de financiación universitaria cada año, por encima de contingencias o criterios de oportunidad.

En este sentido, las Universidades Públicas de Murcia y Politécnica de Cartagena han venido demandando a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia un acuerdo de financiación plurianual, que les permitiera establecer su escenario presupuestario en los próximos años. La Administración Regional, consciente de esta necesidad y una vez que las circunstancias económicas y financieras han mejorado y se camina por la senda de la recuperación económica, ha considerado oportuno garantizar esa financiación mediante un Plan plurianual para el periodo 2016-2020, por lo que con fecha 18 de septiembre de 2015, se suscribió un Acuerdo de Financiación Plurianual para la financiación de las Universidades públicas de la Región de Murcia para el periodo 2016-2020, entre el Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los Srs. Rectores de las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, que se hace oportuno aprobar mediante Decreto del Consejo de Gobierno, tal como establece la Ley de Universidades de la Región de Murcia.

En su virtud, visto el referido Acuerdo, con el Informe favorable de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y del Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia y, considerando lo establecido en el artículo 58.3 de la Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia, que determina que el modelo de financiación de las universidades públicas de la Región de Murcia, será aprobado mediante Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de las Consejerías de Empleo, Universidades y Empresa y de Hacienda y Administraciones Públicas - oídas las universidades públicas y el Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia, a propuesta conjunta de los Consejeros de Empleo, Universidades y Empresa y de Hacienda y Administraciones Públicas, previos los trámites ya indicados y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 28 de junio de 2017

Dispongo:

Artículo 1 Aprobación de las Bases del Plan de Financiación.

Se aprueban las Bases del Plan de Financiación Plurianual para las Universidades públicas de la Región de Murcia para el periodo 2016-2020, derivadas del Acuerdo de 18 de septiembre de 2015, suscrito entre el Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los Srs. Rectores de las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, que se adjuntan como Anexo.

Artículo 2 Condiciones y revisión de las dotaciones presupuestarias.
  1. Las dotaciones para las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena que figuran en el anexo único del presente Decreto y en los Anexos I y II del propio anexo único, estarán condicionadas a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio y tendrán su reflejo anual en los presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para cada año. Estas dotaciones serán revisadas cuando la aplicación de la normativa básica estatal o la autonómica lo exijan o cuando la evolución económica financiera de la Comunidad Autónoma lo requiera, siempre que queden garantizados los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la misma.

  2. La dotación contemplada en el escenario presupuestario para la Universidad de Murcia (Anexo I ) de 3.100.000 euros para el IMIB, no figuraba en los estados de gastos e ingresos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2016, correspondiendo la gestión y tramitación de esta aportación a la Fundación para la Formación y la Investigación Sanitaria (FFIS), que la contemplaba en su Presupuesto, con una aportación definitiva de 3.046.874 euros.

Artículo 3 Coordinación del trabajo de las Comisiones implicadas.

La Comisión Académica del Consejo Interuniversitario, la Comisión de evaluación y seguimiento del Plan de Financiación Plurianual 2016-2020, y la Comisión de evaluación y se??guimiento del contrato-programa para la subvención complementaria, establecerán de común acuerdo un protocolo o instrumento conjunto para la coordinación en sus funciones, establecidas en la Ley de Universidades de la Región de Murcia y en el Acuerdo de Bases que figura en el Anexo único del presente Decreto, que resulten concurrentes, relativas a la interpretación, seguimiento, ejecución y evaluación de la financiación de las Universidades Públicas de la Región de Murcia.

Disposición adicional única Recursos.

Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá formularse potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la susodicha publicación, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2, 10.1.a), 14 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de los que, en virtud de la normativa de aplicación...

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