Decreto n.º 21/2016, de 23 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Secretaría General de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Abril de 2016 |
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejo de Gobierno |
Rango de Ley | Decreto |
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Comunidad Autónoma
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Disposiciones Generales
Consejo de Gobierno
2509 Decreto n.º 21/2016, de 23 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Secretaría General de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.
De conformidad con el artículo 51 del Estatuto de Autonomía y el artículo 14.2 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, corresponde al Consejo de Gobierno, a iniciativa de los Consejeros afectados, previo informe de la Consejería de Hacienda, y a propuesta del Consejero competente en materia de organización administrativa, el establecimiento o modificación de la estructura orgánica de cada Consejería.
Por Decreto de la Presidencia número 18/2015, de 4 de julio, de reorganización de la Administración Regional, modificado por Decreto de la Presidencia n.º 32/2015, de 7 de julio, y por el Decreto de la Presidencia n.º 33/2015, de 31 de julio, se modifica el número, la denominación y las competencias de las distintas Consejerías, y se efectúa una nueva distribución competencial entre los departamentos de la Administración regional.
El artículo 1 creó la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, delimitándose su ámbito competencial en el artículo 9.
El Decreto 110/2015, de 10 de julio, modificado por los Decretos n.º 215/2015, de 6 de agosto y n.º 284/2015, de 21 de octubre, establece los órganos directivos de la referida Consejería.
Siendo ésta una Consejería de nueva creación, razones organizativas y de operatividad aconsejan llevar a cabo el desarrollo de la estructura administrativa de la Secretaría General, incorporando objetivos de mejora, simplificación y optimización en la definición de las unidades administrativas que han de integrarse en la misma y asignando las funciones que deben desempeñar cada una para conseguir una mayor racionalización y eficacia en el cumplimiento de las competencias atribuidas.
En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación y acuerdo del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 23 de marzo de 2016,
Dispongo:
Organización de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades
La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las materias establecidas por el artículo 9 del Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, de reorganización de la Administración Regional: asistencia y bienestar social; desarrollo comunitario; promoción y protección de la familia; políticas de la mujer, infantil y de la tercera edad, instituciones de protección, reinserción y rehabilitación de menores respetando, en todo caso, la legislación civil, penal y penitenciaria; promoción e integración de los inmigrantes, emigrantes, discapacitados y demás grupos sociales necesitados de especial protección, incluida la creación de centros de protección, promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia; voluntariado, y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.
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Para el desempeño de las competencias que le corresponden, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, bajo la dirección de su titular, se estructura, conforme al Decreto n.º 110/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en los siguientes órganos directivos:
1.1. Secretaría General.
- Vicesecretaría.
1.2. Dirección General de Familia y Políticas Sociales.
- Subdirección General de Familia y Políticas Sociales
1.3. Dirección General de la Mujer.
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Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo segundo, en caso de vacante, ausencia o enfermedad del titular de alguno de los órganos directivos enunciados, el titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades podrá designar un suplente de entre los restantes altos cargos.
La suplencia del titular de la Vicesecretaría, de una Subdirección General u órgano asimilado, para los mismos supuestos, será designado por su inmediato superior jerárquico.
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Queda adscrito a esta Consejería el Organismo Autónomo Instituto Murciano de Acción Social, creado por Ley 1/2006, de 10 de abril.
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El Consejo de Dirección, presidido por el Consejero, está constituido por los altos cargos de la Consejería y de los organismos públicos que se adscriban a la misma. Asistirán a sus reuniones los titulares de los demás órganos directivos y los funcionarios que, en cada caso, convoque el Consejero.
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El Consejo de Dirección colabora con el titular de la Consejería en la coordinación de las políticas y servicios propios del mismo, correspondiéndole el asesoramiento e informe en los asuntos que estime de interés.
Los órganos colegiados de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades cuyas funciones y composición se regulan por sus respectivas normas, son los siguientes:
- Consejo Regional de Servicios Sociales, regulado por Decreto 37/1987, de 28 de mayo, de carácter consultivo.
- Consejo Asesor «Foro Regional para la Inmigración de la CARM», creado por Decreto 72/1998, de 20 de noviembre y modificado por Decreto 134/2002, de 31 de octubre, de carácter consultivo.
- Consejo Técnico Consultivo en materia de Familia, creado por Decreto 2/1999, de 14 de enero.
- Consejo Técnico Consultivo para la lucha contra la pobreza y la exclusión en la Región de Murcia, creado por Decreto 12/2000, de 2 de marzo.
- Consejos Asesores Regionales de carácter sectorial de Personas Mayores, Personas con Discapacidad, Minorías Étnicas e Infancia y Familia, cuya creación y regulación se establece en el Decreto 95/2004, de 24 de septiembre, de carácter consultivo.
- Consejo Asesor Regional de la Mujer, creado por Orden de la Consejería de Presidencia de 11 de febrero de 2005, de carácter consultivo.
- Consejo Asesor Regional contra la Violencia sobre la Mujer, creado por Decreto 30/2005, de 17 de marzo, de carácter consultivo.
- Comisión Interdepartamental para la Igualdad entre hombres y mujeres, creado por Decreto 63/2013, de 14 de junio.
- Comisión de Seguimiento de la Red Solidaria para el aprovechamiento de excedentes de alimentos, creado por Orden de 8 de julio de 2014.
- Mesa de...
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