Decreto n.º 222/2017, de 2 de agosto, por el que se modifica el Decreto de Consejo Gobierno n.º 70/2017, de 17 de mayo, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente |
Rango de Ley | Decreto |
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Comunidad Autónoma
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Disposiciones Generales
Consejo de Gobierno
5699 Decreto n.º 222/2017, de 2 de agosto, por el que se modifica el Decreto de Consejo Gobierno n.º 70/2017, de 17 de mayo, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.
El Decreto de la Presidencia de la Comunidad Autónoma n.º 3/2017, de 4 de mayo, de reorganización de la Administración Regional, modificó la denominación y las competencias de las distintas Consejerías, efectuando una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional, debiéndose establecer los Órganos Directivos de las nuevas Consejerías mediante los correspondientes Decretos de Consejo de Gobierno.
Por el Decreto de la Presidencia n.º 32/2017, de 16 de mayo, y por el Decreto de la Presidencia n.º 39/2017, de 1 de agosto, se llevaron a cabo modificaciones del Decreto n.º 3/2017, de 4 de mayo.
A este respecto, por Decreto de Consejo de Gobierno n.º 70/2017, de 17 de mayo, modificado posteriormente por el Decreto n.º 195/2017, de 28 de junio, se establecieron los Órganos Directivos de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.
Por Decreto de la Presidencia n.º 34/2017, de 16 de mayo, se delega en el titular de la Consejería de Presidencia y Fomento, la competencia para proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de los Decretos que establezcan los Órganos Directivos de las distintas Consejerías.
Con base en lo expuesto, deviene necesaria la modificación del Decreto n.º 70/2017, de 17 de mayo, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, para adaptar su contenido a la nueva redacción del Decreto del Presidente n.º 3/2017 de 4 mayo, llevada a cabo tras la entrada en vigor del Decreto de la Presidencia 39/2017, de 1 de agosto.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a...
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