Decreto n.º 228/2017, de 27 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 301/2007, de 28 de septiembre, por el que se designa a la autoridad competente y se autoriza a la Consejería de Agricultura y Agua, como organismo pagador de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la Gestión de los Fondos Agrícolas Europeos: Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y se regulan sus funciones.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

6630 Decreto n.º 228/2017, de 27 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 301/2007, de 28 de septiembre, por el que se designa a la autoridad competente y se autoriza a la Consejería de Agricultura y Agua, como organismo pagador de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la Gestión de los Fondos Agrícolas Europeos: Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y se regulan sus funciones.

La modificación de la normativa comunitaria reguladora de los organismos pagadores se inicia con la publicación del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE) n.º 814/2000, (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 485/2008 del Consejo, deroga el Reglamento 1290/2005 del Consejo, ajustando algunos elementos del mecanismo de financiación y seguimiento de la Política Agraria Común (PAC), al tiempo que armoniza, racionaliza y simplifica sus disposiciones. En el mismo se establecen las normas sobre la financiación de los gastos de la PAC, incluidos los de desarrollo rural. Las condiciones de autorización de los organismos pagadores se recogen en el Reglamento Delegado (UE) n.º 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro. A su vez, el procedimiento para la autorización de los organismos pagadores se recoge en el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 908/2014 de la Comisión, de 6 de agosto de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con los organismos pagadores y otros organismos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las normas relativas a los controles, las garantías y la transparencia.

Las posteriores reorganizaciones de la Administración Regional, junto con la modificación de los órganos directivos en la entonces Consejería de Agricultura y Agua (hoy Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca), inciden en el actual Organismo Pagador de nuestra Comunidad Autónoma, constituido y regulado por Decreto 70/1997, de 10 de octubre, y posteriormente por el Decreto 301/2007, de 28 de septiembre.

Por lo que se hace necesario modificar el Decreto 301/2007, de 28 de septiembre, para adecuarlo a la nueva normativa comunitaria y a la nueva denominación de la Consejería y sus órganos directivos, haciendo referencia a las competencias que ejerza cada órgano con independencia de la...

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