Decreto n.º 233/2018, de 28 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a ayuntamientos y mancomunidades de servicios sociales de la Región de Murcia para el desarrollo de actuaciones de apoyo a la familia e infancia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

    Consejo de Gobierno

    7156 Decreto n.º 233/2018, de 28 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a ayuntamientos y mancomunidades de servicios sociales de la Región de Murcia para el desarrollo de actuaciones de apoyo a la familia e infancia.

    En 2014, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad impulsó el Programa Social de Lucha contra la Pobreza Infantil Estatal, habilitando en los Presupuestos Generales del Estado una línea de crédito destinada a subvencionar a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla para la realización de actuaciones de lucha contra la pobreza infantil. Este crédito se destinó a financiar las prestaciones económicas de urgencia social, de aquellos proyectos de intervención social desarrollados con familias o unidades de convivencia en situación de privación material severa y con menores a su cargo. En nuestra comunidad autónoma los créditos correspondientes se destinaron a subvencionar, a los distintos Ayuntamientos y Mancomunidades de Servicios Sociales, proyectos de estas características, siempre desarrollados dentro del Sistema Público de Servicios Sociales.

    Desde 2014 se ha dado continuidad a estos fondos a través de la financiación de proyectos sociales de apoyo a la familia e infancia, aumentando los mismos año tras año, y diferenciando a partir de 2015 tres tipologías de proyectos a financiar:

  2. Proyectos dirigidos a paliar y mejorar la situación de vulnerabilidad social de las familias, cubriendo necesidades básicas de alimentación, higiene, ropa, etc. y facilitando el acceso a otros servicios como los de salud, educación (material escolar, ayudas para comedor), vivienda (alquiler y mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda, suministros, etc.) y de empleo así como el acompañamiento y trabajo social con las familias.

  3. Proyectos de apoyo a la conciliación familiar y laboral para familias en procesos de inserción socio-laboral con hijos a cargo tales como gastos de asistencia a escuelas infantiles, la atención de niños y niñas para cubrir necesidades puntuales de conciliación, los servicios de apoyo complementarios de los servicios normalizados educativos u otros que garanticen el derecho de los niños y niñas a una atención y desarrollo adecuados.

  4. Servicios de intervención y apoyo familiar, entre los que se encuentran los definidos en el apartado 1.3 del Catálogo de referencia de Servicios Sociales, aprobado el 16 de enero de 2013, por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (intervención y orientación socio-familiar, mediación familiar, puntos de encuentro familiar o atención socioeducativa de menores).

    En el presente año, En el BOE n.º 188 de 4 de agosto de 2018 se publicó la Orden SCB/851/2018, de 3 de agosto, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de junio de 2017, por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos acordados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que se destinan a la financiación de planes o programas sociales, para el ejercicio de 2018. En la distribución del crédito corresponde a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia un total de 2.518.956,00€.

    Tal y como dispone el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, estos créditos se destinarán a financiar proyectos de intervención social y prestaciones económicas y/o en especie que contribuyan a mejorar la situación social y laboral de las familias con menores a cargo que se encuentren en situación de privación material severa o de riesgo de pobreza y de exclusión con niños y niñas a su cargo, con especial atención a las familias con tasas superiores a la media, como es el caso de las familias monoparentales

    El programa se vincula a la Recomendación de la Comisión Europea de 20 de febrero de 2013: “”Invertir en la Infancia “”: romper el ciclo de las desventajas (2013/112/UE, así como al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo sostenible (ODS) 1 y 10 de la Agenda 2030 de Naciones Unidas y a la Estrategia Europea.

    Los proyectos, que deberán ser promovidos dentro del sistema Público de Servicios sociales, por las comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla o por las corporaciones locales y/o los entes públicos de carácter local, se seleccionaran de común acuerdo entre éstas y el Ministerio de Sanidad, consumo y Bienestar social.

    De otro lado, y también para el presente año, en el BOE n.º 208 de 28 de agosto de 2018 se publicó la Orden SCB/896/2018 de 24 de agosto, por la que se publica el acuerdo del consejo de Ministros de 24 de agosto de 2018, por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante del crédito acordado por el consejo Territorial de Servicios sociales y del sistema para la autonomía y Atención de la dependencia, y recogido en el acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de junio, para garantizar el derecho básico de alimentación, ocio y cultura de los menores durante las vacaciones escolares y conciliación de la vida familiar y laboral. En la distribución de crédito corresponde a la comunidad autónoma de Murcia la cuantía adicional de 218.400,00 €. Con este Acuerdo se pretende reforzar iniciativas que se están desarrollando desde comunidades autónomas y ayuntamientos de forma que puedan ampliar la cobertura e incorporar más menores en situaciones de vulnerabilidad y riesgo de exclusión de forma que se puedan ampliarla cobertura.

    Los proyectos que podrán ser financiados son los siguientes:

    - Proyectos dirigidos a la cobertura de necesidades básicas como alimentación saludable, equilibrada y apropiada a la edad.

    - Proyectos de fomento de actividades de ocio, tiempo libre, culturales y educativas

    - Proyectos que favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral de familias con niños a cargo y en situaciones de vulnerabilidad

    - Se priorizarán líneas de financiación existentes que se propongan ampliar la oferta para incluir niños, niñas y adolescentes vulnerables desde el punto de vista socioeconómico.

    En definitiva programas que pretenden reforzar con una cuantía adicional el crédito de protección a la familia y atención a la pobreza infantil que de esta manera tiene un total para la Comunidad autónoma de Murcia de 2.737.356,00 €.

    Se excepciona la concurrencia competitiva como procedimiento ordinario de concesión de subvenciones, puesto que la presente subvención se va a conceder a todos los ayuntamientos de la Región de Murcia y a las Mancomunidades de Servicios Sociales existentes en la Región, siguiendo unos criterios objetivos de distribución de los créditos.

    Desde el punto de vista competencial, el Decreto del Presidente n.º 2/2018, de 20 de abril, de reorganización de la Administración Regional, establece que la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de la directrices generales del Consejo de Gobierno, entre otras, en materia de asistencia y bienestar social, desarrollo comunitario, promoción y protección de la familia, políticas de mujer, infantil y de la tercera edad. Por otro lado, según el Decreto n.º 74/2017, de 17 de mayo, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, la Dirección General de Familia y Políticas Sociales ejercerá, entre otras, las competencias de diseño y coordinación de actuaciones tendentes a la potenciación de una política social integral de atención y ayuda a la familia, dirección en la elaboración de planes, programas y proyectos en materia de menor y familia e impulso, promoción y coordinación de la atención primaria de servicios sociales.

    De este modo, en el ejercicio de las mencionadas competencias, teniendo en cuenta los aspectos sociales existentes y que existen razones de interés público y social que lo justifican, es preciso el desarrollo de actuaciones para la mejora de la situación de vulnerabilidad social de las familias, de apoyo a la conciliación familiar y laboral y servicios de intervención y apoyo familiar, a través de transferencias económicas a todos los Ayuntamientos y Mancomunidades de Servicios Sociales de la Región de Murcia para que desarrollen estos proyectos, para lo cual, con esta expresa finalidad y con tales destinatarios están previstos los créditos disponibles en la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2018; por ello se va a colaborar, mediante la concesión de subvenciones directas por parte de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    De acuerdo con lo expuesto, y teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 16.2.c) y 25.2 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de organización y régimen jurídico de la Administración Pública de la...

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