Decreto n.º 320/2015, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención al Obispado de la Diócesis de Cartagena para la restauración del interior de la Torre y del Coro de la Iglesia de Nuestra Señora del Rosario de Balsicas. Torre Pacheco (Murcia)

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

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Consejo de Gobierno

12710 Decreto n.º 320/2015, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención al Obispado de la Diócesis de Cartagena para la restauración del interior de la Torre y del Coro de la Iglesia de Nuestra Señora del Rosario de Balsicas. Torre Pacheco (Murcia)

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene competencia en materia de museos, patrimonio cultural, histórico y fomento de la cultura, según lo dispuesto, respectivamente, en los apartados 13, 14 y 15 del artículo 10. Uno del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia.

Dichas competencias son desarrolladas en nuestra región por la Consejería de Cultura y Portavocía, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, de reorganización de la Administración Regional.

La Iglesia Parroquial de Nuestra Señora del Rosario de Balsicas (Torre Pacheco), propiedad del Obispado de la Diócesis de Cartagena, es un bien catalogado por su relevancia cultural con grado de protección 1.

El objeto del proyecto presentado por el Obispado de Cartagena es intervenir en el interior de la Torre y del Coro de la Iglesia para completar la restauración del inmueble, una vez que se han realizado en los últimos años las obras necesarias para la restauración exterior y cubiertas del edificio.

Las actuaciones contempladas en el mismo consisten en la reparación de los paramentos y solados interiores del coro y de la torre, así como de los peldañeados de las escaleras y la propia pintura al temple, el refuerzo de los forjados de madera del coro reparando las viguetas de madera y colocando una capa de compresión unida a estas, la sustitución en la torre de los forjados en mal estado con viguetas de madera laminada, tablero contrachapado y capa de compresión, la reparación de las cerrajerías del coro y de las rejas de las ventanas y la colocación de una escalera escamoteable de acceso al cuerpo de campanas.

Entendiendo que existen razones de interés público, social y cultural, la Administración Regional colaborará directamente en la financiación de este proyecto mediante la concesión de una subvención, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y Portavocía previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de diciembre de 2015.

Dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Este Decreto tiene por objeto establecer las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención al Obispado de la Diócesis de Cartagena por importe de 10.000,00 euros para colaborar en las obras de restauración del interior de la Torre y del Coro de la Iglesia Parroquial Nuestra Señora del Rosario en Balsicas. Torre Pacheco (Murcia), en los términos técnicos y económicos del proyecto redactado por el arquitecto Juan de Dios de la Hoz.

Artículo 2 Procedimiento de concesión.
  1. - La subvención regulada en este Decreto tiene carácter singular, por lo que se autoriza la concesión directa de la misma en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ley 38/2003 y el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por concurrir razones de interés publico y social, además de cultural, que determinan la improcedencia de su convocatoria pública.

    Las razones de interés público y social que justifican el otorgamiento directo de la...

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