Decreto n.º 6/2015, de 6 de febrero, que crea el Consejo Asesor Regional de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia, y regula su funcionamiento.

Fecha de Entrada en Vigor10 de Marzo de 2015
SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Una de las prioridades del mundo laboral actual es la necesidad de reducir lo máximo posible la siniestralidad laboral, de mejorar las condiciones de trabajo, y de crear empleo estable y de calidad para superar la actual situación de crisis económica mundial. Los órganos encargados de velar por la seguridad y salud de los trabajadores deben adecuarse a las exigencias y necesidades del presente, máxime cuando determinados órganos de participación institucional perviven tras la desaparición de la norma que los creó.

Esta situación se da en la Región de Murcia, donde la Ley 6/2013, de 8 de julio, de medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas ha venido a derogar la Ley 1/2000, de 27 de junio, de creación del Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia, perviviendo la Comisión Regional de Seguridad y Salud Laboral hasta que se aprobara el presente decreto de creación del nuevo órgano consultivo que lo sustituyese.

La Constitución Española reserva al Estado, en el artículo 149.1.7.ª la competencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas.

Por otra parte, el Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, atribuye en su artículo 12.Uno.10 a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la función ejecutiva en materia Laboral, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado.

Mediante el Real Decreto 373/1995, de 10 de marzo, la Administración del Estado traspasó a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia funciones y servicios en materia de gabinetes técnicos del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

La corresponsabilidad de los agentes económicos y sociales es el factor esencial que contribuye a crear un entorno favorable para conseguir un clima social y un entendimiento que incida positivamente en la reducción de la siniestralidad laboral.

El presente decreto crea y regula el funcionamiento del Consejo Asesor Regional de Seguridad y Salud Laboral, con la finalidad de ser el lugar de encuentro de los interlocutores sociales y la Administración Autonómica, que permita el examen conjunto de temas de interés mutuo con el fin de llegar a soluciones aceptadas de común acuerdo, de ser el cauce de participación institucional de los interlocutores sociales, de ser el medio para el cumplimiento de los compromisos adquiridos en materia de seguridad y salud laboral, y de ser el órgano consultivo regional en esta materia. Se trata, en definitiva, de un órgano de composición tripartita, integrado por representantes de la Administración Pública Regional, y de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, cumpliendo así lo dispuesto en la Ley 9/1985, de 10 de diciembre, de los órganos consultivos de la Administración Regional.

Tras la última reorganización administrativa llevada a cabo mediante el Decreto de la Presidencia nº 4/2014, de 10 de abril, y tras el reparto de competencias realizado, corresponde a la Consejería de Presidencia y Empleo la competencia en materia de seguridad y salud laboral.

En el proceso de elaboración de la presente norma se ha consultado a la Comisión Regional de Seguridad y Salud Laboral, y se ha tenido en cuenta el dictamen del Consejo Económico y Social de la Región de Murcia.

Por todo lo anterior, es necesario promulgar una norma que regule en nuestro ámbito de actuación el Consejo Asesor Regional de Seguridad y Salud Laboral.

Por tanto, a propuesta del titular de la Consejería de Presidencia y Empleo, de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia, y previa deliberación y acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de febrero de 2015.

Dispongo

Artículo 1 Creación y adscripción del Consejo Asesor Regional de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia.

Mediante el presente decreto se crea el Consejo Asesor Regional de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia (en adelante CASSLA) como órgano colegiado consultivo de los previstos en la Ley 9/1985, de 10 de diciembre, de los Órganos Consultivos de la Región de Murcia.

Está adscrito a la Consejería competente en materia de seguridad y salud laboral, a través de la Dirección General competente en esas mismas materias, coincidiendo su sede con la de esta última.

Artículo 2 Funciones consultivas del CASSLA.

Las funciones del CASSLA son las siguientes:

  1. Conocer de las actuaciones y gestión de la Administración Regional, en materia de seguridad y salud laboral...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR