Decreto n.º 81/2016, de 27 de julio, por el que se declara la reserva marina de interés pesquero de Cabo Tiñoso.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación y Universidades
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Disposiciones Generales

Consejo de Gobierno

6697 Decreto n.º 81/2016, de 27 de julio, por el que se declara la reserva marina de interés pesquero de Cabo Tiñoso.

La protección general de los ecosistemas marinos, y en particular la de aquéllos que influyen de forma determinante en la conservación y regeneración de los recursos pesqueros, se ha convertido en una de las medidas prioritarias de las políticas de pesca marítima no solo a nivel nacional sino también en el ámbito comunitario e internacional.

Los estudios realizados recientemente de caracterización y diagnóstico integral del ecosistema marino de la zona de Cabo Tiñoso no han venido sino a confirmar la singularidad e importancia de este enclave marino, con un elevado valor ecológico motivado entre otros factores por la presencia de fanerógamas marinas, cuevas sumergidas o arrecifes artificiales, y ha puesto de manifiesto la necesidad de dotar al mismo de un régimen especial de protección en orden a garantizar la regeneración de los recursos pesqueros de la zona.

El artículo 6 de la Ley 2/2007, de 12 de marzo, de Pesca Marítima y Acuicultura de la Región de Murcia contempla la declaración de zonas de protección pesquera como una de las medidas de protección y regeneración de los recursos pesqueros, incluyendo a las reservas marinas como figuras específicas de protección en aquellas zonas que por sus especiales características se consideren adecuadas para lograr la regeneración de dichos recursos.

El artículo 10.1.9 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia atribuye a ésta la competencia exclusiva en materia de pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, así como en la protección de los ecosistemas en los que se desarrollan dichas actividades.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente de conformidad con dictamen del Consejo Jurídico de la Región de Murcia, y previa deliberación y acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de julio de 2016.

Dispongo:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. Es objeto del presente decreto la declaración de una reserva marina de interés pesquero en el entorno de Cabo Tiñoso, en las aguas interiores de la Región de Murcia comprendidas en las siguientes áreas:

  1. Aguas interiores comprendidas entre la isóbata de los 50 metros de profundidad y las siguientes posiciones geográficas:

Coordenadas geográficas GCS WGS 1984 101.º 6,931’ W37.º 32,572’ N201.º 6,744’ W37.º 32,569’ N701.º 12,572’ W37.º 34,370’ N801.º 12,600’ W37.º 33,173’ N b) Área marina delimitada por una
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