Decreto n.º 224/2010, de 30 de julio, de concesión directa de una subvención al ayuntamiento de Las Torres de Cotillas para la ejecución del Plan Integral de Juventud del Municipio.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La Ley 13/2002, de 4 de diciembre, de Creación del Instituto de la Juventud de la Región de Murcia, como organismo autónomo adscrito a la Consejería competente en materia de juventud, recoge en el artículo 4 las funciones atribuidas al mismo. Entre ellas se encuentra la coordinación con los órganos de la Administración local competentes en materia de juventud en el diseño y desarrollo de actuaciones relacionadas con las políticas dirigidas a los jóvenes.

Por su parte, la Ley 6/2007, de 4 de abril, de Juventud de la Región de Murcia, configura en su artículo 28 al Instituto de la Juventud como órgano gestor de la política juvenil, al que le corresponde coordinar las políticas de juventud que impulsen las Administraciones Públicas en el ámbito de la Región de Murcia. En concreto, le compete promover, impulsar y coordinar programas de animación sociocultural, de ocio y tiempo libre; fomentar la actividad asociativa y la participación juvenil, e implementar programas de información y asesoramiento al igual que acciones dirigidas a facilitar la autonomía de la población joven.

En la trayectoria iniciada por la Consejería de Cultura y Turismo, a través del Instituto de la Juventud, y en desarrollo de una política juvenil orientada hacia la consecución de los objetivos previstos por este Instituto, se continúa con la línea de apoyo destinada a fomentar el desarrollo de políticas juveniles en los municipios de la Región.

En consecuencia, dadas las limitaciones de los recursos municipales para hacer frente a los gastos derivados de este tipo de inversiones, a los efectos previstos en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de Noviembre de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con el art. 22.2 c) de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, entendiendo que existen razones de interés público y social que lo justifican, el presente Decreto tiene por objeto establecer las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención dirigida al Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas para la ejecución del Plan Integral de Juventud del Municipio.

La concesión de subvenciones de esta naturaleza compete a la Directora del Instituto de la Juventud de la Región de Murcia, como órgano gestor de la política juvenil, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Por ello, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 30 de julio de 2010

Dispongo

Artículo 1 Objeto, finalidad y razones de interés público que concurren en su concesión.

El presente Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención al Ayto. de Las Torres de Cotillas para la ejecución del Plan Integral de Juventud del municipio.

El Plan Integral de Juventud del municipio se concreta en las actividades que incluye el proyecto de ejecución del PLAN JOVEN 2010.

La finalidad de la concesión es realizar, mediante una metodología altamente participativa, las actividades previstas en el proyecto de ejecución del PLAN JOVEN 2010, dirigidas a mejorar la situación de la población joven del Municipio, con vocación de perdurabilidad en el tiempo. Para ello, se plantean programas de emancipación, información, asesoramiento, y uso de nuevas tecnologías, así como actividades deportivas, musicales y de ocio y tiempo libre.

La singularidad de la subvención queda acreditada en tanto que el Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas necesita implementar las medidas previstas en su Plan Integral de Juventud elaborado en 2009, acciones beneficiosas para la población joven del municipio en las diferentes áreas de interés que configuran el mismo. En concreto, se plantean programas de refuerzo de los servicios de asesoramiento para la emancipación, la celebración de eventos culturales, musicales, deportivos y de ocio alternativo, así como el fomento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en la misma línea que otros municipios de su entidad, de manera que se posibiliten las mismas oportunidades a su población joven que en el resto de la Región.

Con ello se pretende seguir los principios generales de actuación de la Administración Regional en esta materia, por lo que concurren razones de interés público y social que justifican su concesión y la dificultad de su convocatoria pública.

Artículo 2 Procedimiento de Concesión.

La subvención se concederá de forma directa, conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por concurrir razones de interés público y social que determinan la improcedencia de su convocatoria pública.

La concesión directa de la subvención se instrumentará mediante Convenio, en el que se...

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