Orden de 24 de mayo de 2013 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se deja sin efecto la delegación de funciones a las Oficinas de Distrito Hipotecario a cargo de los Registradores de la Propiedad en el ámbito de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Desde que se hizo efectiva la delegación de la gestión de los tributos cedidos por el Estado, en particular, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha venido manteniendo el modelo, de larga tradición en el ámbito del Estado, de gestión desconcentrada de estas figuras impositivas mediante su encomienda a las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario a cargo de los Registradores de la Propiedad.

La fórmula utilizada ha sido la de la delegación de las funciones de gestión, liquidación y revisión de los citados impuestos, siendo competencia del Consejero de Economía y Hacienda acordar la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.Uno. 2 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre.

En la actualidad y, en base a dicha habilitación, la norma que venía regulando dicha delegación era la Orden de 25 de febrero de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se delimitan las competencias de los Registradores de la Propiedad como oficinas liquidadoras en sus funciones de gestión y liquidación de los impuestos de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sucesiones y donaciones y se determinan las compensaciones a percibir por el ejercicio de las funciones delegadas.

Hay que destacar que la implantación de este modelo organizativo ha supuesto a lo largo de estos años un importante avance en el acceso de la Administración tributaria al ciudadano, dada la distribución geográfica por todo el territorio regional de las Oficinas Liquidadoras, así como una mejora de la eficacia en la gestión de los tributos encomendados como consecuencia del buen funcionamiento del servicio que han venido prestando.

No obstante, en el actual escenario de necesaria austeridad y reducción del gasto público, y en el marco del Plan Económico Financiero de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 2013, se acentúa la necesidad de adoptar medidas de disminución de los costes de la prestación de los servicios públicos, optimizando el uso de los recursos humanos y materiales que posee la Administración pública. En lo que se refiere a los servicios tributarios, una de las medidas a adoptar es la de dejar...

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