Orden de 5 de abril de 2011 de la Consejería de Educación, Formación y Empleo por la que se aprueba el Plan Trienal de Formación Permanente del Profesorado 2010-2013.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación, Formación y Empleo
Rango de LeyOrden

El Decreto 42/2003, de 9 de mayo, por el que se regula la planificación, estructura y organización de la formación permanente del profesorado de la Región de Murcia (BORM de 20 de mayo), en su artículo 2, establece que “la formación permanente del profesorado de la Región de Murcia se planificará de acuerdo a un Plan Trienal que será desarrollado anualmente por los correspondientes Planes Regionales de Formación del Profesorado”. Estos Planes, según el citado artículo, deberán integrar los Planes de Actuación de los Centros de Profesores y Recursos y recogerán las prioridades en materia de formación que se establezcan por los distintos centros directivos de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de Educación. Asimismo, deberán reflejar las necesidades formativas del profesorado y de los centros docentes.

El artículo 3.2 del citado Decreto 42/2003, establece los contenidos mínimos que deberá reflejar el Plan Trienal. Entre ellos, los objetivos generales y las líneas prioritarias, que servirán de referente para la formación permanente del profesorado de la Región, durante el trienio en el que estará vigente. Asimismo, los programas de formación permanente del profesorado deberán contemplar las necesidades concretas sobre organización y dirección de los centros, la coordinación didáctica, la orientación y tutoría, así como promover la formación de base para los profesores en materia de educación especial asociada a la discapacidad.

La aprobación del Plan Trienal corresponde al Consejero competente en materia de Educación, según el artículo 6.1 del citado Decreto.

Los Centros de Profesores y Recursos elaborarán anualmente su Plan de Actuación, que será incluido en el Plan Regional de Formación. En su elaboración se deberá tener en cuenta, además de las necesidades formativas del profesorado y la Memoria final del curso, los objetivos marcados por el Plan Trienal vigente.

El Plan Trienal se elabora y desarrolla de forma coordinada con los Centros de Profesorado y Recursos y sus centros docentes adscritos, bajo la coordinación del Servicio de Innovación y Formación del Profesorado. El Plan deberá ser informado por el Consejo Regional de Formación, pues así lo establecen los artículos 5.2 y 10 del citado Decreto. En su elaboración se tendrá en cuenta, asimismo, una memoria de evaluación del Plan Trienal anterior.

Para la realización del presente Plan, se ha solicitado a cada centro directivo de...

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