Decreto n.º 91/2013, de 26 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Los Decretos del Presidente de la Comunidad Autónoma 13/2013, de 23 de julio, de Reorganización de la Administración Regional, y 17/2013, de 25 de julio, por el que se establecen el orden de prelación de las Consejerías de la Administración Regional y sus competencias, han modificado la denominación y las competencias de las distintas Consejerías, efectuando una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional, debiéndose establecer los Órganos Directivos de las nuevas Consejerías mediante los correspondientes Decretos del Consejo de Gobierno.

En consecuencia, resulta procedente establecer los Órganos Directivos de esta Consejería con el fin de facilitar el desarrollo de los cometidos y competencias que le han sido atribuidas.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Educación, Universidades y Empleo y a propuesta del Consejero de Presidencia, por delegación del Presidente, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 27/2011, de 28 de junio, y de conformidad con lo previsto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 26 de julio de 2013

Dispongo

Artículo 1

La Consejería de Educación, Universidades y Empleo es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, en materia de educación reglada en todos sus niveles; universidades; trabajo; empleo, mediante la intermediación y orientación laboral; fomento de políticas activas de empleo y formación, incluida la formación ocupacional y continua; seguridad y salud laboral y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Artículo 2

Para el desempeño de las competencias que le corresponden, la Consejería de Educación, Universidades y Empleo, bajo la dirección de su titular, se estructura en los siguientes Órganos Directivos:

  1. Secretaría General.

    - Vicesecretaría.

  2. Dirección General de Recursos Humanos y Calidad Educativa.

    - Subdirección General de Recursos Humanos.

    - Subdirección General de Calidad Educativa.

  3. Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas

    Adultas.

    -...

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