Decreto número 96/2005, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Organismo Autónomo Imprenta Regional de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Exposición de Motivos Por Ley 3/ 1985, de 10 de julio, se creó en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia como organismo autónomo de carácter comercial e industrial, la Imprenta Regional, adscrito a la Consejería de Presidencia.

El Organismo Autónomo Imprenta Regional, como indica su propia ley de creación, nace como un instrumento de gestión que permita conjugar la agilidad de respuesta que es inherente a la satisfacción de las necesidades de la Administración Pública y de sus ciudadanos para el cumplimiento de sus fines, con las garantías propias a la actuación pública.

De conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 7/ 2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, corresponde al Consejo de Gobierno, a iniciativa de los Consejeros afectados, previo informe de la Consejería de Hacienda, y a propuesta del Consejero competente en materia de organización administrativa, el establecimiento o modificación, por Decreto, de la estructura orgánica de cada Consejería y sus organismos públicos.

En el Decreto 59/ 1996, de 2 de agosto, se reflejó por primera vez, una mínima y básica estructura orgánica del Organismo Autónomo, que a lo largo del tiempo transcurrido ha puesto de manifiesto carencias excesivas que la hacen inoperante, por lo que se hace necesario promulgar un nuevo texto normativo, que avance en la línea de conseguir una organización más eficaz para la prestación de nuevos servicios y que se encuentre adaptada a las nuevas tecnologías.

En su virtud, elaborada la correspondiente propuesta por la Gerencia del Organismo Autónomo y aprobada la misma por el Consejo de Administración; y seguidos todos los trámites legales preceptivos, a iniciativa del Consejero de Presidencia y a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia, previa deliberación y acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 29 de julio de 2005. CAPÍTULO I Disposiciones generales

Artículo 1 Naturaleza, clasificación y objeto de la presente norma.
  1. -La Imprenta Regional de Murcia, creada por Ley 3/ 1985, de 10 de julio, conforme a lo establecido en su artículo 1, es un organismo autónomo de carácter comercial e industrial.

  2. -El artículo 1.1 de la Ley 3/ 1985, de 10 de julio, reconoce a la Imprenta Regional de Murcia personalidad jurídica propia y patrimonio propio.

    El régimen jurídico, presupuestario, contable, de contratación, de fiscalización y control, de responsabilidad y de personal del Organismo Autónomo, será el establecido en la normativa básica estatal sobre estas materias, en la autonómica para su desarrollo, en la ley de creación del organismo y en los reglamentos de desarrollo de la misma y, supletoriamente, en la normativa aplicable a los entes de naturaleza análoga de la administración del Estado.

  3. -La presente norma tiene por objeto establecer la estructura orgánica de la Imprenta Regional de Murcia.

Artículo 2 Órganos y estructura del organismo autónomo.
  1. -El artículo 3 de la Ley 3/ 1985, de 10 de julio, establece que los órganos rectores de la Imprenta Regional de Murcia son el Consejo de Administración y la Gerencia.

  2. -Bajo la dependencia de la Gerencia, la Imprenta Regional de Murcia se estructura para el desarrollo de las funciones y el ejercicio de las competencias que le corresponden, de acuerdo con la vigente legislación, en:

  1. Servicio de Gestión Administrativa.

  2. Servicio de Gestión Económica y Financiera.

  3. Servicio Técnico de Artes Gráficas.

CAPÍTULO II De la Gerencia Artículos 3 a 7
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