Orden del Excelentísimo Sr. Consejero de Obras Públicas, y Ordenación del Territorio, de fecha 24 de enero de 2012, relativa al Plan General Municipal de Ordenación de Las Torres de Cotillas. Expte. 362/05 de planeamiento.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Con fecha 24 de enero de 2012 el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, ha dictado la siguiente Orden:

Antecedentes de hecho

Primero.- Por Orden del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de 22 de marzo de 2010, se aprobó definitivamente, de forma parcial, el PGMO., de Las Torres de Cotillas. Si bien dicha aprobación se otorgó a reserva de la subsanación de las deficiencias señaladas en el antecedente undécimo de dicha orden.

Las áreas que quedaron suspendidas fueron las siguientes:

- Unidades de Actuación (UA) en casco urbano: CU1 a CU15, Los Pulpites: PU1 a PU7, La Media Legua: ML1 a ML4, La Loma: LO1 y LO2, Ensanche: E1 y E2 y La Condomina CN, hasta tanto se justifique el equilibrio de aprovechamientos y suficiencia de dotaciones.

- Los Planes Especiales (PE), en Casco Urbano: CU3, CU4 y CU8, en Media Legua: ML1, ML2 y ML3, hasta tanto se justifique la suficiencia de dotaciones.

- El Suelo Urbano Especial y el Suelo Urbanizable Especial, hasta que se justifique su condición conforme al TRLSRM, aplicándose de forma supletoria el régimen del suelo no urbanizable inadecuado.

- Los sectores de Suelo Urbanizable Residencial: rs-1, rs-2.1, rs-2.2, rs-9, rs-10, rs-12 a rs-15, re-19 a rs-22, rs-25 a rs-29, debiendo justificar el cumplimento de estándares y suficiencia de recursos hídricos y otras deficiencias señaladas.

- Los sectores de actividad económica ae-2, ae-4 y ae-5, por afecciones derivadas de la DIA, hasta que se justifique su cumplimentación y la suficiencia de recursos hídricos.

- Las áreas de suelo urbanizable sin sectorizar de actividad económica en el límite oeste del municipio, y el suelo urbanizable sin sectorizar residencial-dotacional al sureste, conforme a lo señalado en la DIA, hasta tanto se delimiten con precisión los hábitats y se garantice su conservación.

Segundo.- El Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas en sesión plenaria de 23 de julio de 2010 acordó aprobar la subsanación de deficiencias de su Plan General, y remitió el correspondiente proyecto a la Dirección General de Territorio y Vivienda mediante oficio de 4 de noviembre de 2010 (RE: 8/11/10).

Tercero.- Con posterioridad a la aprobación definitiva del PGMO de Las Torres de Cotillas se han recibido en esta Consejería informes de los siguientes organismos:

- Informes de la Confederación Hidrográfica del Segura de 19 de mayo de 2010 (señala una serie de observaciones referidas a la afección al dominio público hidráulico y a sus zonas de protección, afección al régimen de corrientes y la incidencia de las masas de agua) y de 3 de marzo de 2011 que indica la disponibilidad de recursos hídricos excedentarios, según la Mancomunidad de Canales del Taibilla, superan las previsiones de demanda en el corto plazo y a partir de 2011, posibilitando el abastecimiento incluso para la demanda prevista a partir del año 2047.

- Informe de la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de 22 de septiembre de 2010 que señala las determinaciones que deben recogerse directamente por el PGMO derivadas de la Declaración de Impacto Ambiental.

- Informe de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de 18 de noviembre de 2010 que indica que la normativa debe adaptarse a la Ley 4/2007 de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia, que la relación de bienes inmuebles debe completarse y el catálogo debe incorporar las fichas de todos sus elementos. Igualmente señala que debe actualizarse el catálogo arqueológico y recoger los procedimientos de la legislación vigente para el caso de aparecer yacimientos paleontológicos.

- Con fecha 24 de febrero de 2011 la Dirección General de Planificación, Evaluación y Control Ambiental informe que el PGMO aprobado no cumple con los objetivos de calidad acústica del RD 1.367/2007.

Cuarto.- Con fecha de registro de entrada de 25 de marzo de 2011, el Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas remitió a esta Consejería un texto refundido del Plan General aprobado en sesión plenaria de 21 de febrero de 2011.

Quinto.- Posteriormente y mediante acuerdos plenarios de 17 de mayo, 28 de julio y 24 de noviembre de 2011, el Ayuntamiento acordó corregir determinados errores del Plan General, remitiendo la correspondiente documentación mediante oficios registrados de entrada, respectivamente los días 7 de junio, 6 de septiembre y 25 de noviembre de 2011.

Asimismo, con fecha 18 de...

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